Procedimiento de empresa ante el smac

Quisiera saber cuál es el procedimiento que tiene que seguir la empresa ante el SMAC. El despido es comunicado con una antelación de 1 mes (despido objetivo por causas económicas) y el SMAC es para 10 días después de la fecha de extinción del contrato. En caso de improcedencia la empresa ¿tiene qué pagar la indemnización hasta la fecha del SMAC o hasta la de la extinción del contrato? ¿Hay qué pagar salarios hasta la fecha del SMAC y mantener al trabajador en situación de alta?

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El SMAC es para llegar a un acuerdo, allí no se declara ningún despido improcedente salvo que tu empresa reconozca que efectivamente te ha despedido improcedentemente en cuyo caso te corresponde una indemnización de 45 días por año trabajado y los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la celebración del SMAC. Si la empresa sigue en sus trece y tu no aceptas el despido, entonces se entiende que no ha habido AVENENCIA y pasa la cosa a juicio, tu abogado tendría que interponer demanda y ya seria el juez si se considera procedente o improcedente el despido (tu empresa tendría que demostrar que esta pasando por dificultades económicas) si el juez dice que el despido ha sido improcedente entonces la empresa tiene que pagarte la indemnización y los salarios desde el despido hasta el día del juicio.
Si no llegáis a un acuerdo en el SMAC te conviene demandar, a ti no te costará más dinero pero si tienes la posibilidad de ganar más dinero.
El desempleo debes solicitarlo en cuanto te despidan, en caso de que luego ganes y te paguen los salarios de tramitación, se te descuenta ese dinero del desempleo, deberás luego comunicarlo al INEM

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