Convenio colectivo

Muy buenas:
Me gustaría saber, si una subida de sueldo que pone el convenio me perteneceo no o ya estoy cobrando más que el convenio.
¿El convenio desarrollado en el año 2000
pone que el mínimo a cobrar es de 9616? ¿Con las subidas del ipc y yo este año 2004 cobro incluyendo pagas extras y vacaciones 996? Brutos.
El convenio firmado este mes y que con carácter retroactivo entra en vigor el 1 de enero de 2004, ¿pone qué pasamos a cobrar 11255?( En este caso según pone el convenio están incluidos los complementos salariales que pudiera haber).
Yo estoy trabajando por una ETT .
Mi convenio es el de las empresas concesionarias de cable de fibra óptica y se puede ver en estas direcciones:
Convenio año 2000 http://fetcm.ugt.org/fetcm/convenios/Convcable.pdf
Convenio año 2004
http://fetcm.ugt.org/comunicaciones/pdfs/documentos/convenioscolectivos/ono/II%20Convenio%20del%20Cable.pdf

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Efectivamente, para el grupo III el monto anual a abonar es de un mínimo de 11255, es decir un promedio de 937.91 bruto mensual como salario base.- Si bien dice el CC que incluye los complementos, en ellos no se debería incluir las hs extras ni las vacaciones, ya que como ejemplo, una persona que hace hs extras, cobraría igual que una que no las efectúa, situación por demás injusta.- Es por ello, que en el Derecho argentino, estarías en condiciones de exigir a tu empleador el aumento de acuerdo a convenio y/o demandar por diferencias salariales.- En tu caso, -previa consulta con un abogado español- remitiría un telegrama que diría: " Atento resultar mi salario inferior al establecido por el Convenio Colectivo correspondiente, intimo plazo de Ley se regularice mi situación laboral bajo apercibimiento de ley. sin otro particular saludo atentamente. queda ud debidamente notificado. colacionese" De cualquier forma debes tener en cuenta que te contesta un abogado argentino, y sabes como nos va como país. Je je.
Saludos y a tu disposición para seguir con el tema
Muchísimas gracias por la información y las molestias, me ha servido de gran utilidad .
Con gente como tú, seguro que Argentina va hacia delante.
Un saludo
Muy buenas, ante todo muchas gracias por la respuesta:
Mi país es España.
Mi salario se compone de
Devengos
Salario base 782.81
PAGAS EXTRAS 142.33
Pago por vacaciones 71,17
Deducciones
Cotización irpf 49.82
COT Contingecias comunes 46.83
COT Desempleo 15.94
COT Formacion prac 1.00
Total:devengos 996.31 deducciones 113.59
A percibir 882.72
Un saludo.
Es principio recibido en el Derecho Argentino que la remuneración del trabajador nunca podrá ser inferior al CC aplicable. Por ello cualquier aumento debe ser abonado, salvo que el salario normal y habitual sea superior al aumento, lo cual resulta un derecho adquirido. No debes tener en cuenta para el calculo las vacaciones, Hs extras, Etc. Para el calculo. Si tu sueldo no es superior al del convenio, debe aplicarse el aumento proporcional.- De cualquier forma, seria bueno me informes tu país, así puedo investigar más el tema de forma particular y poder ser más preciso en la respuesta. En esta Pc que estoy utilizando, no pude bajar los convenios que mencionas, luego lo haré desde otra PC.
Ademas, seria bueno que me indiques como se compone tu salario, así puedo ser más especifico.- Suerte y ojala te paguen lo correcto. A tu disposición para ampliar mi respuesta. Ariel

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