Despido durante baja accidente laboral

Llevo 5 meses de baja por accidente laboral. Inicialmente era por 20 días por un esguince en el tobillo. A causa del vendaje se complicó con trombosis y sigo en tratamiento. Hoy, telefónicamente se me ha comunicado que me despedían y que recibiría un burofax. Quisiera saber si pueden despedirme, mi contrato finalizaba en octubre. Si pueden despedirme,¿el tratamiento debe seguir en la Mutua de Trabajo hasta la total curación? ¿Puedo pedir una indemnización a la Mutua? ¿Si llega el día del cumplimiento del contrato pueden despedirme y dejarme de baja y sin cobrar?

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Pueden despedirte tanto ahora como a la finalización del contrato, a efectos económicos es mejor que te despidan ahora, ya que te pagarán la indemnización correspondiente de 45 días por año. Mientras que a la finalización de contrato la indemnización es mucho menor.
El tratamiento y la cobertura de tu baja médica sigue en la mutua que corresponga a la empresa, debes solicitar un pago directo de la prestación de tu Incapacidad Temporal (IT) derivada de Accidente de Trabajo, te siguirán pagando hasta el alta.
Si del procedimiento se deriva algún tipo de propuesta por secuelas o posible Incapacidad, será la mutua la que tramitará directamente el expediente para que percibas lo que corresponda, ahora bien, si la indemnización es por lo del vendaje y las posibles responsabilidades civiles del asunto, debes ponerte en manos de un profesional para proceder a estudiar el tema (lo veo posible, no obstante esperaría a que tengas el alta para iniciarlo).
Gracias por su respuesta. He vuelto a hablar telefónicamente con la empresa y reconocen que el despido es improcedente y aceptan indemnizarme con 45 días por año sin problemas. ¿La Mutua se hará cargo de mi cotización a la Seguridad Social o tengo que tramitar el paro? ¿Qué plazo tengo para tramitar el paro tras el despido?
Gracias por anticipado y un saludo
Si estás en situación de baja médica, la mutua es quien debe seguir cotizando por ti hasta el alta, una vez en alta puedes solicitar el desempleo, pero no hasta ese momento.
Después de solucionar la documentación relativa al despido, debes tramitar la solicitud de pago directo de la Incapacidad Temporal derivada de Accidente de Trabajo a la mutua, no tienes que hacer nada en el INEM hasta que estés de alta médica.

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