¿Qué antigüedad tengo y que derecho a indemnización?
Si fuera posible, me pudieran ayudar con esta situación que les planteo:
El Sr. “X” es contratado por la empresa “A”, con fecha 3/10/2006, con un contrato de trabajo por tiempo indefinido, a tiempo completo y con una jornada de trabajo de 40 horas semanales.
Con fecha 27/2/2008, la empresa “B” comunica al Sr. “X” que a partir del 1/3/2008 se subroga, en todos los derechos y obligaciones, en su contrato de trabajo, lo que comunica además, con los efectos oportunos y con la misma fecha, al Jefe de Servicio Andaluz de empleo.
Hay que hacer constar que la empresa “A” y la empresa “B”, dedicadas a la misma actividad, pertenecen ambas al mismo empresario.
Con fecha 1/4/2008 el Sr. “X”, y el administrador/empresario de la empresa “B”, mediante comunicación de disminución de jornada, inscrita legalmente, acuerdan y firman “una disminución de jornada de trabajo desde el 1/04/2008 hasta el fin de contrato, pasando a realizar 20 horas semanales en lugar de 40, y por una duración inicial de indefinido. El resto de las condiciones serán las mismas que en el contrato de trabajo ahora vigente”.
El propio día 1/04/2008, nuevamente la empresa “A” vuelve a contratar al Sr. “X”, pero esta vez en un contrato de trabajo indefinido a tiempo parcial, con una jornada de 20 horas a la semana.
En los datos identificativos del Sr.”X” en su vida laboral aparece reflejado lo siguiente:
Alta con la empresa “A”: 03/10/2006 y baja : 29/02/2008.
Alta con la empresa “B”: 01/03/2008.
Alta de nuevo y también en la empresa “A”: 01/04/08.
La cuestiones a plantear son las siguientes:
1.- En caso de despido improcedente, de cualquiera de ambas empresas, o incluso de las dos ¿Cuál es la antigüedad del Sr. “X”?.
2.- ¿Le correspondería una indemnización de 45 días o de 20 por año trabajado?.