Capitalización del paro

Buenos días josbian

Veras, quería preguntarte lo siguiente. Mi contrato acaba el 9 de Septiembre, y me quiero dar de alta como autónomo ese mes. Unos socios y yo vamos a constituir una comunidad de bienes el 1 De septiembre luego tengo de plazo hasta el 1 de octubre para darme de alta como autónomo

Mi pregunta es, si el día 10 voy a solicitar la capitalización del paro y me doy de alta el 25 en autónomos por ejemplo, eso supone que me nieguen la capitalización? Es decir, debe concedErse primero la capitalizaCiom y luego darse de Alta en autónomos?PoRaue imagino que tardan en resolver

Gracias

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Si tu contrato de trabajo esta a punto de finalizar y quieres darte de alta en el RETA como trabajador por cuenta propia, pero en vez de solicitar la prestación por desempleo lo que quieres es solicitar el pago único o capitalización de la prestación que te corresponda, lo primero que tienes que hacer es inscribirte en la oficina del SEPE/INEM)que te corresponda para solicitar la capitalización de la prestación por desempleo, y después de solicitar la capitalización o pago único es cuando puedes darte de alta en el RETA como autónomo, nunca antes de solicitar el pago único.. En la solicitud de pago único, tienes que hacer constar las modalidades de pago único que solicitas en función de la actividad que pretendes desarrollar, y la renunciar a aquellas que no solicitas. La solicitud del abono en todo caso deberá ser de fecha anterior a la fecha de incorporación a la cooperativa o sociedad laboral, o a la de constitución de la cooperativa o sociedad laboral, o a la de inicio de la actividad como trabajador autónomo. Espero que la respuesta te sirva de ayuda.. Un saludo..

http://www.sepe.es/contenido/prestaciones/pdf/GuiaCapitalizacion.pdf

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