Reclamación de cantidades

Tras hacer una reclamación de cantidades a titulo individual, del año 2012 y teniendo una sentencia favorable, la empresa nos dice que va abonar a todos los trabajadores las cantidades adeudadas ( tanto a las personas que denunciamos como a los que aceptaban un criterio de empresa ).

¿Podemos los trabajadores que hemos ido por vía judicial solicitar el coste que nos ha supuesto todo el proceso ( abogados, etc..)?

Siendo una reclamación de cantidades individual, ¿ es legal que la empresa, habiendo perdido los diferentes juicios, pague tanto a los trabajadores que pusimos la denuncia, como a los que no la pusieron?

Muchas gracias por su respuesta.

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Respuesta
1

No entiendo muy bien si dice que lo hizo a título individual, reclame los costes de abogado. Me imagino que usted se referirá a que la hizo a título individual en el sentido de que la demanda fue individual, no colectiva de varios trabajadores.

A lo que usted se refiere con que la contraparte le abone los gastos de abogado y demás es lo que se conoce como "costas procesales". En el ámbito del derecho laboral no se suelen imponer las costas. Sólo en casos muy raros y hasta donde yo conozco, para los casos donde una de las partes, la empresa por ejemplo, actúa de muy mala fe. La Ley en este sentido dice, a modo de ejemplo, que si al acto de conciliación no va la empresa, se podrán pedir la imposición de costas con un límite de 600 euros (artículo 66.3 Ley 36/2011). Quizás esto se ajuste a su caso y pueda servirle de orientación.

En cualquier caso, si ya tiene usted abogado, consúltele al compañero que, al conocer su procedimiento, será quien mejor pueda guiarle.

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