Accidente de trabajo

Hola.

Le agradecería me informara, tengo 37 años, trabajador de la construcción, tengo cotizado unos 10 años a la Seguridad Social, hace seis años tuve un accidente en el trabajo, se rompió el andamio y me caí desde una altura de tres metros aproximadamente, a consecuencia de ello me quedo un pie echo polvo, después de estar en tratamiento en la mutua largo tiempo, y operarme decidieron ponerme el pie fijo con lo cual a causa de los dolores que tengo en el pie no puedo trabajar en mi oficio que es oficial de albañilería.

Mi pregunta es .

Si me dan una invalidez parcial, o sea que no puedo trabajar en la construcción pero si en otra cosa, ¿ Que pensión me quedaría ? Tengo entendido que es el 55%, pero el 55% de que porque con tan poca cotización, o es el 55% del sueldo que tenia en momento del accidente.

En espera de su contestación, un cordial saludo.

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Si efectivamente es el 55% sobre la bases reguladora que es sobre salarios reales vigentes al sobrevenir la incapacidad. Hay que dividir entre 12 lo siguiente: sueldo y antigüedad diarios en la fecha del accidente por 365, pagas extra, beneficios o participaciones por su importe total en el año anterior al accidente y los pluses, complementos y horas extra entre el número de días efectivamente trabajados en el año.

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