Certificado de empresa

Hola, el año pasado me despidieron en marzo porque la empresa no vendía lo suficiente, era una panadería, el finiquito son 5200 euros, el empresario me dijo que no me lo podía pagar todo junto y acordamos que me lo pagaría mes a mes dándome una cantidad determinada. Me acaban de dar el certificado de empresa y consta en el que me han dado los 5200, mi pregunta es, cuando me llegue el borrador de hacienda y consten los 5200 que aun no cobre, (solo cobre 1700), que debo hacer?, si confirmo el borrador estoy confirmando que cobre los 5200, o tengo que poner la cantidad que cobre de la empresa los 1700. Y una pregunta mas cuando me despidieron tuvieron que hacer un informe de como fue la empresa y sus ventas, lo que se ahora se es que no pusieron las ganancias de un trabajador que lleva unos 8 años y es autónomo, y les hace ganar unos 6000 euros al mes, nadie sabe que trabaja en esa panadería, donde podría conseguir ese informe si lo han echo? Y como podría demostrar esas ganancias que tienen y no declaran?, gracias

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1º Debes tener en cuanta que no es lo mismo finiquito e indemnización: Finiquito; salario hasta el día que finaliza la relación laboral, más la parte proporcional de las pagas extras (sino se cobran mensualmente), más la de las vacaciones pendientes. Indemnización; cantidad que la empresa tiene que abonar cuando se extingue la relación laboral por causas no imputables al trabajador. Si bien, ésta puede ir junto al finiquito, ya que toda extinción del contrato laboral tiene, siempre, un finiquito, en cambio sólo algunas tienen indemnización, baja voluntaria tiene finiquito, en cambio un despido tiene finiquito y puede llevar indemnización, según sea provente o no.
Con lo expuesto, ya me lo aclararás, voy a entender que 5200,-€ son indemnización, ¿por qué te despidieron? Desconociendo la causa y tipo de despido, y esto es muy importante, ya que según sea la denominación de la cantidad puede estar exenta o no, cara a hacienda. Si en su total, es indemnización debe aparecer en el certificado y para hacienda es una simple anotación sin efectos, siempre que se ajuste al tipo de despido que se te practicó, y dado que la forma de cobro, ha sido un pacto entre la empresa y el trabajador, ya que de lo contrario sería muy complicado para la empresa y para ti, realizarlo de esa forma legalmente, la empresa lo justifica como debe de ser cuando se te despidió, sabiendo que probablemente esa cantidad este exenta de tributar, y que tú no tendrás problemas en la declaración.
Sobre lo del informe, ya no te sirve de nada ya que tenías 20 días para reclamar sobre el despido y un año por si las cantidades que te ofrecieron eran erróneas, y el plazo dices que ya ha vencido.
Lo del autónomo lo pudieron declarar, ya que es un trabajador ilegal, de hay que nadie lo sepa. Podrías denunciar a la empresa, si conoces los datos del trabajador autónomo, ante la inspección pero nada sobre ti.

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