En mi trabajo me quieren cambiar las funciones a realizar, ¿Puedo negarme?

Tengon un contrato de auxiliar administrativo y me quieren cambiar las funciones a realizar por algo que no tiene nada que ver, por teleoperadora o televenta. ¿Puedo negarme por no recogerse en el contrato? ¿Me puede obligar la empresa o despedirme por incumplimiento?

Cuál son mis derechos en este caso, ¿puedo decir que no son las funciones para las que estoy contratada? En mi empresa se trabaja con el convenio de artes gráficas.

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La empresa, no te puede asignar funciones distintas a la que corresponden e tu grupo profesional, si no es por alguna causa que justifique el cambio de funciones como por ejemplo alguna causa técnica u organizativa, imprescindible para el normal funcionamiento de la actividad laboral de la empresa.. Además la asignación de funciones correspondientes un grupo profesional ascendente o descendente, no pueden mantenerse indefinidamente si no por el tiempo imprescindible para su atención. Por otra parte al tratarse de una modificación de las condiciones contractuales la asignación de funciones correspondientes a otro grupo profesional te lo tienen que notificar por escrito, con 15 días de antelación ati, y a los representantes de los trabajadores, si los hubiera en la empresa ademas te tienen que explicar de forma muy clara y convincente, porque te tienen que asignar una función diferente a la que te corresponde según el contrato de trabajo y el día en el que vas a comenzar a realizar dicha función, y si no estas de acuerdo tienes tres opciones, en la que no entra la de negarte a realizar el trabajo asignado por el responsable de la empresa..

1- Opción:Aceptar la nueva función cobrando el sueldo correspondiente a la nueva función si dicha función se corresponde a un grupo profesional ascendente, o manteniendo el mismo sueldo que tenias si la función corresponde a un grupo profesional descendente..

2-Opción:Si no estas de acuerdo con la decisión de la empresa y consideras que no hay base para el cambio de funciones, dispones de 20 días hábiles para impugnar la decisión empresarial en el juzgado de lo social solicitando la reposición de tus anteriores condiciones de trabajo y sera un juez quien resuelva si la decisión de la empresa se ajusta o no a derecho, si te dan la razón la empresa tiene que restituirte la función que te corresponde, y no otra, y si se niega te tiene que indemnizar con la cuantía e

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/rdleg1-1995.t1.html#c3s1

La empresa, no te puede asignar funciones distintas a la que corresponden e tu grupo profesional, si no es por alguna causa que justifique el cambio de funciones como por ejemplo alguna causa técnica u organizativa, imprescindible para el normal funcionamiento de la actividad laboral de la empresa.. Además la asignación de funciones correspondientes un grupo profesional ascendente o descendente, no pueden mantenerse indefinidamente si no por el tiempo imprescindible para su atención. Por otra parte al tratarse de una modificación de las condiciones contractuales la asignación de funciones correspondientes a otro grupo profesional te lo tienen que notificar por escrito, con 15 días de antelación a ti, y a los representantes de los trabajadores, si los hubiera en la empresa además te tienen que explicar de forma muy clara y convincente, porque te tienen que asignar una función diferente a la que te corresponde según el contrato de trabajo y el día en el que vas a comenzar a realizar dicha función, y si no estas de acuerdo tienes tres opciones, en la que no entra la de negarte a realizar el trabajo asignado por el responsable de la empresa..
1- Opción:Aceptar la nueva función cobrando el sueldo correspondiente a la nueva función si dicha función se corresponde a un grupo profesional ascendente, o manteniendo el mismo sueldo que tenias si la función corresponde a un grupo profesional descendente..
2-Opción:Si no estas de acuerdo con la decisión de la empresa y consideras que no hay base para el cambio de funciones, dispones de 20 días hábiles para impugnar la decisión empresarial en el juzgado de lo social solicitando la reposición de tus anteriores condiciones de trabajo y sera un juez quien resuelva si la decisión de la empresa se ajusta o no a derecho, si te dan la razón la empresa tiene que restituirte la función que te corresponde, y no otra, y si se niega te tiene que indemnizar con la cuantía correspondiente a la del despido improcedente, además de poder cobrar el paro si reunes los 360 días que se requieren para poder cobrarle.. Si dan la razón a la empresa tendrás que aceptar la nueva situación o rescindir el contrato de trabajo..
3-Opción si el cambio de funciones te perjudica o menoscabo tu dignidad puedes rescindir el contrato de trabajo con una indemnización equivalente a la del despido improcedente, de todas formas en casos como el tuyo, lo mejor que se puede hacer es asesorarse en algún sindicato o abogado laboralista.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo..

http://www.empleo.gob.es/es/Guia/texto/guia_6/contenidos/guia_6_15_1.htm

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