Indemnización por despido en el fondo de garantía salarial.

Una empresa está en concurso de acreedores y finalmente despide a todo el personal por medio de un ere de extinción de contrato a toda la plantilla. Seguidamente el administrador concursal reconoce la deuda. Con ese reconocimiento de deuda (nóminas impagadas, finiquito, etc), los trabajadores acudirán al FOGASA a solicitar su deuda, entiendo que hasta ahí todo bien.

Mi pregunta es, si un ex-trabajador de la empresa mencionada (que aún sigue en concurso de acreedores,) al cabo de unos días lo contrata una nueva empresa (la cual realiza servicios a la empresa que sigue en concurso de acreedores). El mencionado trabajador ¿Tendría problemas a la hora de recibir la indemnización del FOGASA, generada en su antigua empresa?

Entiendo que no, pues el ex-trabajador ha sido contratado por otra empresa diferente. No?

A la espera de una respuesta por vuestra parte,

Un saludo y gracias de antemano

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No en principio tal como lo cuenta no habría ningún problema, cosa diferente sería si la empresa se dedicara a lo mismo, fuera de los mismos dueños ... En este último caso el FOGASA podría entender que ha habido una sucesión de empresas.

Pero si simplemente se trata de uña empresa que presta servicios para la concursada tal como pone y no son los mismo dueños no hay problema.

Buenos días,

Ante todo disculpar por haber tardado en contestar, he tenido problemas con el ordenador.

Bien a quedado mi duda aclarada.

Muchas gracias.

Un saludo.

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