Los trabajadores por cuenta propia no pueden cobrar la prestación por desempleo o paro, porque el régimen en el que están encuadrados es diferente al RGSS que es el Régimen de la seguridad social en el que tienen que cotizar los trabajadores por cuenta ajena que son los trabajadores que cotizan al SEPE antiguo INEM para la cobertura del desempleo, los autónomos pueden cobrar el cese de actividad o paro de los autónomos siempre que coticen para la cobertura de dicha prestación que no todos los autónomos la tienen cubierta porque ademas para poder cobrar el paro de los autónomos también se tiene que cotizar por contingencias profesionales.. De todas formas si te van a contratar por cuenta ajena podrías cobrar un subsidio o ayuda familiar, si el contrato es de 3 meses y tienes responsabilidades familiares o 6 de meses si no las tienes como puedes ver en el siguiente enlace.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo..