¿Pueden despedirme por un no apto?

He estado de baja por la seguridad social durante 9 meses a causa de una trocanteritis, ayer me incorpore a trabajar ya que tras la segunda infiltración note bastante mejoría. Ayer mismo la empresa me mando a salud laboral (fremap), y la señora que me atendió me dijo que iba a emitir un informe de NO APTO, ya que por otra parte también tengo diagnosticada esclerosis múltiple, pero gracias a dios no he causado baja nunca por esta enfermedad. La señora en cuestión me dijo que no estaba en condiciones de estar trabajando, que lo que tenía que hacer era volver a darme de baja y esperar a pasar tribunal medico.
Y mi pregunta es la siguiente ¿puedo causar baja en la empresa porque según ellos no hay un puesto adecuado para mi, cosa que no es cierta, hay varios sitios donde yo puedo desempeñar mi trabajo.

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Respuesta
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La empresa, si quisiera, podría despedirte por INEPTITUD SOBREVENIDA por no reunir las condiciones físicas necesarias
aunque haya puesto compatibles, salvo que el convenio lo diga, la empresa no tiene obligación de dártelos.
Con lo que tienes no sé cómo aun no has pedido una pensión de invalidez
Buenos días, necesito que me aclare eso de la pensión de invalidez, como se solicita que tengo que presentar y donde, y por último si podría negociar con la empresa para un despido con mis 17 años que llevo trabajando ahí, o podría seguir trabajando y cobrando la pensión de invalidez?.
Nunca me lo había propuesto ya que yo me encuentro bien y los neurólogos dicen que tengo que llevar una vida normal, se supone que en una vida n normal hay que trabajar..
Muchas gracias por la respuesta
Al decir lo de la esclerosis múltiple me asuste...
Primero: es probable que si resultas NO APTO la empresa te quiera despedir por ineptitud sobrevenida, eso son 20 días pro año trabajado.
Segundo: la pensión de invalidez se concede a las personas que tienen bien accidentes o bien enfermedades que el difcultan su trabajo Pueden ser de varios tipos:
- Parcial, cuando dificulta menso del 33% en la profesión habitual
- Total, cuando dificultan más del 33% en al profesión habitual
- Absoluta: cuando el grado de deterioro es tal que impide trabajar en todas las actividades
Hay mas pero no sigo.
Para solicitarla se necesitan reunir requisitos de cotización que van en función de la edad, etc y lo mas importante: tener lesiones que verdaderamente difculten el desarrollo de la profesión habitual, pero que estas lesiones, hayan ido a mas desde que se empezó a trabajar.
Se tramitan en los centros de la SS y en el caso de la total, para que te hagas una idea y números redondos queda el 55% de las bases medias de cotización, lo que viene a ser mas o menos la mitad del sueldo en condiciones normales
Si te dieran una total te permiten trabajar en la misma empresa PERO en otro puesto totalmente distinto y siempre y cuando sea compatible con las lesiones
Lo mejor: consulta a tus médicos, que saben cómo estas, las posibilidades de una pensión antes de hacer nada
Muchísimas gracias, aunque de momento no será necesario solicitar la pensión ya que gracias a dios me encuentro en plenas facultades, hago senderismo, bailo salsa, cuido de mi hija y voy a trabajar como buen hijo de vecino...así que de momento eso lo paralizare.
Lo que si me preocupa un poco mas es eso de la pierna,que quieran aferrarse a ello y al final consigan despedirme.
Pero en definitiva te agradezco enormemente tu respuesta me ha sido de gran ayuda, muchísimas gracias y valoro muy positivamente vuestra actitud altruista, ayudándonos a saber a que tenemos derecho,

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