Nos bajan el sueldo

Hace un par de meses, los jefes nos "propusieron" una bajada de suelo a todos los trabajadores, alegando que sino, la empresa no aguantaba... Sin Ere ni nada, a nivel interno. Los trabajadores aceptamos, todo esto fue de palabra, en una reunión. Y la verdad es que pensábamos que nos llegaría alguna notificación oficial, o algún papel que firmar.
Pero en la siguiente nómina, ya se reflejaba la bajada de sueldo.
Nosotros no hemos firmado nada, ni hemos devuelto las nóminas firmadas, pero como vemos que la cosa no mejora, y que la empresa no hace gran cosa por mejorar, ahora nos preocupa que pasará si al final cierran...
Llevamos tres nóminas combrando menos ¿cobraríamos menos paro?
¿Se reflejaría también en nuestros finiquitos o despidos?
¿Es legal que nos hayan bajado así el suelo (aunque aceptáramos de palabra)?
No sabemos como actuar, si dejar que vaya pasando el tiempo o empezar a movernos...

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Para que la reducción salarial propuesta por tus jefes tenga alguna efectividad legal, la reducción salarial, tiene que ser propuesta por los empresarios primero, al comité de empresa o en su defecto a los representantes de los trabajadores y el comité de empresa o los representantes de los trabajadores, tiene que someter en asamblea la propuesta de la reducción salarial propuesta por los jefes, para que sen los trabajadores los que la aprueben o la rechacen, y en el caso de aprobar la propuesta esta tiene que ser por escrito y firmada por todos los trabajadores.. Sin este requisito la propuesta de la empresa no tiene ningún soporte legal, por lo tanto la empresa os esta pagando de menos de forma ilegal, y por supuesto que al cobrar de menos también se cotiza menos a todos los efectos, para el desempleo y la jubilación.. Cuando vayáis a cobrar el desempleo la base reguladora se obtendrá de una base de cotización más reducida con lo que percutirá negativamente en su cuantía, y lo mismo pasa con el finiquito, porque la cuantía de la liquidación se va a obtener sobre unos sueldos más reducidos.. Por lo tanto Estáis en condiciones de presentar sendas papeletas de reclamación en el SMAC una, por impago de los salarios acordados, y otra solicitando la extinción del contrato de trabajo, por incumplimiento grave de las condiciones contractuales por parte del empresario.. Para ejercer esta acción, el trabajador tiene un plazo de un año, y una condición: que los retrasos sean continuados en el tiempo de 2 a 3 meses. En este caso, el trabajador tiene que acreditar que el retraso en el pago le perjudica. El procedimiento judicial suele resolverse en dos o tres meses. Pero sin dejar de acudir al puesto de trabajo hasta que tenga la sentencia que da por finalizado su contrato, para que no se le pueda achacar una baja voluntaria. No se te olvide finalizar la pregunta

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