No se donde habrás escuchado que las decisión de la mayoría de los representantes de los trabajadores de aceptar las propuesta de la empresa de reducir la cuantía salarial es de obligado cumplimiento para la totalidad de los trabajadores de la empresa, porque eso no es cierto, ya que cada trabajador puede ejercer el derecho individual de impugnar la decisión empresarial para que un juez pueda establecer si las medidas son justificadas o injustificadas si se trata de un ERE y si no se trata de un ERE si no de una modificación de las condiciones de trabajo entonces tienes derecho tanto a impugnar la decisión empresarial si no quieres dejar la empresa, como a extinguir el contrato de trabajo si no quieres continuar en la empresa, por justa causa con una indemnización de 20 días por año y un máximo de 9 meses así como el derecho a percibir la presentación por desempleo sim reúnes los 360 días o mas de cotizaciones que se requieren para cobrar esa prestación. Por lo tanto si estáis incluidos en un ERE no puedes extinguir el contrato de trabajo con derecho a indemnización y paro pero puedes impugnar la reducción salarial ante el juzgado de lo social y sera un juez quien decida si la reducción salarial se ajusta o no se ajusta a las necesidades de la empresa y si no se ajustan la empresa te tendrá que seguirán pagando el sueldo anterior, pero si no se trata de un ERE entonces aunque la mayoría haya aceptado la reducción salarial tu puedes extinguir el contrato de trabajo con la indemnización mencionada mas arriba y el derecho a cobrar el paro.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo..
http://www.empleo.gob.es/es/guia/texto/guia_6/contenidos/guia_6_15_5.htm