Hola, En mi empresa, nos quieren bajar el salario, esta en pre-concurso de acreedores

En mi empresa, nos quieren bajar el salario, ahora esta en pre-concurso de acreedores, somos unos 60 trabajadores, ¿es verdad que si hay mayoría de acuerdo en bajarse el salario los que no quieren no pueden rescindir su contrato y percibir la indemnizacion?

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No se donde habrás escuchado que las decisión de la mayoría de los representantes de los trabajadores de aceptar las propuesta de la empresa de reducir la cuantía salarial es de obligado cumplimiento para la totalidad de los trabajadores de la empresa, porque eso no es cierto, ya que cada trabajador puede ejercer el derecho individual de impugnar la decisión empresarial para que un juez pueda establecer si las medidas son justificadas o injustificadas si se trata de un ERE y si no se trata de un ERE si no de una modificación de las condiciones de trabajo entonces tienes derecho tanto a impugnar la decisión empresarial si no quieres dejar la empresa, como a extinguir el contrato de trabajo si no quieres continuar en la empresa, por justa causa con una indemnización de 20 días por año y un máximo de 9 meses así como el derecho a percibir la presentación por desempleo sim reúnes los 360 días o mas de cotizaciones que se requieren para cobrar esa prestación. Por lo tanto si estáis incluidos en un ERE no puedes extinguir el contrato de trabajo con derecho a indemnización y paro pero puedes impugnar la reducción salarial ante el juzgado de lo social y sera un juez quien decida si la reducción salarial se ajusta o no se ajusta a las necesidades de la empresa y si no se ajustan la empresa te tendrá que seguirán pagando el sueldo anterior, pero si no se trata de un ERE entonces aunque la mayoría haya aceptado la reducción salarial tu puedes extinguir el contrato de trabajo con la indemnización mencionada mas arriba y el derecho a cobrar el paro.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo..

http://www.empleo.gob.es/es/guia/texto/guia_6/contenidos/guia_6_15_5.htm

hola, entonces si se trata de un ere?

y el juez establece que las medidas son justificadas?

un saludo y gracias.

El articulo 67 del ET .1 dice lo siguiente:Contra la decisión de la empresa podrá reclamar el trabajador ante la jurisdicción social que declarará la medida justificada o injustificada. En este último caso, la sentencia declarará la inmediata reanudación del contrato de trabajo y condenará al empresario al pago de los salarios dejados de percibir por el trabajador hasta la fecha de la reanudación del contrato o, en su caso, al abono de las diferencias que procedan respecto del importe recibido en concepto de prestaciones por desempleo durante el periodo de suspensión, sin perjuicio del reintegro que proceda realizar por el empresario del importe de dichas prestaciones a la entidad gestora del pago de las mismas. Por lo tanto si se trata de un ERE de suspensión temporal o de reducción de jornada de trabajo, no puedes extinguir el contrato de trabajo por voluntad propia pero si puedes, impugnar la decisión de la empresa y si, el juez resuelve a favor de la impugnación la empresa te tienen que pagar la cuantía salarial que venias percibiendo además si en el momento de la sentencia la empresa ya te había aplicado la reducción salarial te tienen que abonar la diferencia de lo que cobrabas antes de la reducción y de lo que te pagaba con la reducción.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda. No se te olvide finalizar la pregunta gracias..

http://www.consumer.es/web/es/economia_domestica/trabajo/2012/10/18/213817.php

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