Exención por reinversión
Hola, he vendido mi casa para comprarme otra y se que me puedo acoger a la exención por reinversión en un plazo de 2 años por el total del beneficio de la venta.
La casa me la dan en cuatro meses y tengo que poner la cocina; la cuestión es que si yo pago la cocina del dinero de la venta supongo que tendría que reponer ese dinero antes de dos años para acogerme a la exención por reinversión. ¿Es así o no?
¿De qué forma y como justificaría ante hacienda la reposición de ese dinero?
Gracias.
La casa me la dan en cuatro meses y tengo que poner la cocina; la cuestión es que si yo pago la cocina del dinero de la venta supongo que tendría que reponer ese dinero antes de dos años para acogerme a la exención por reinversión. ¿Es así o no?
¿De qué forma y como justificaría ante hacienda la reposición de ese dinero?
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Respuesta de admonfincas
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