¿Acción penal?

¿Cómo se prepara una acción penal, en el ministerio publico?
Gracias
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Realizando todas las indagaciones tendientes a recabar medios de prueba que permitan cumplir los requisitos establecidos en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es decir, elementos de prueba bastantes para tener por presuntivamente acreditado el cuerpo de un delito y la probable responsabilidad de un responsable de la comisión de ese delito. En cuanto a la integración de los elementos del cuerpo del delito, éstos cambian de delito a delito y de lugar a lugar, no olvides que la materia Penal es de carácter Local y también existen delitos de orden Federal.

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Tu pregunta es muy escueta, no se en realidad que sea en concreto lo que quieres, pero el procedimiento ante el Ministerio público es:
1. Inicio por denuncia o querella (según el delito)
2. Etapa de investigación, en la que el MP se allega de todos los elementos de prueba que permiten arribar a una conclusión respecto del asunto que se trate.
3. Etapa de determinación, es la etapa en la que el MP resuelve respecto el expediente y que puede ser:
a) Reserva. Cuando considera que con el transcurso del tiempo pueden obtenerse nuevos datos que permitan continuar con la investigación.
b) Archivo, también conocido como NO EJERCICIO DE LA ACCIÓN PENAL, que es cuando el Mp considera que no se acredita la existencia de ningún delito.
C) EJERCICIO DE LA ACCIÓN PENAL, que consiste en la congignación del expediente ante un juzgado, por considerar que se acredita un delito y existe la probable responsabilidad de un indicioado.

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