Cuota comunitaria, contratar nuevo administrador de la fina y amparo legal ante mis vecinos

Le cuento: somos una comunidad de propietarios joven (solo llevamos un año con el piso), en la primera reunión el administrador hizo un coeficiente para pagar las cuotas a la comunidad, ya que en mi edificio todos los pisos no son iguales, algunos son duplex, otros áticos, otros con dos dormitorios (como es mi caso). Pues bien entonces, algunos pagamos 31 euros de comunidad mientras otros por ejemplo pagan hasta 37 euros como máximo. Entonces, ayer se hizo una reunión para echar al administrador y contratar a otro, y el presidente propuso aparte subir la cuota de comunidad a 40 euros para todos, con lo cual a algunos solo les sube 3 euros mientras que a otros por ejemplo 12 euros. ¿Eso se puede hacer? ¿Se necesita mayoría absoluta, simple o unanimidad? ¿Podemos quejarnos?... Al final se decidió repetir la reunión con el nuevo administrador que se contrate. Bueno coméntame un poco que puedo hacer y en que me ampara la ley. Gracias.

1 respuesta

Respuesta
1
<%=Texto%>
Bueno, vamos por partes:
Al constituirse una nueva C.P. como es vuestro caso, deben establecerse en primer lugar, una serie de reglas tendentes a determinar la forma de participación en las cargas y beneficios derivados del edificio común ( cuotas de participación de cada piso o local, forma de contribuir a los gastos generales o individuales de cada propietario ...)en titulo constitutivo
Pues bien, siempre y cuando se quieran modificar algunos de estos acuerdos adoptados, se requerirá unanimidad.
Por ejemplo; los gastos de calefacción se establecen en razón al coeficiente de propiedad, con exclusión de los locales que no dispongan de dicho servicio.
Si se quisiera cambiar dicha forma de pago haciéndola extensiva a todos por partes iguales, sin diferenciación habría que modificar el acuerdo precedente, y se requeriría unanimidad.
No obstante, existen excepciones a la unanimidad, como el establecimiento o supresión de los servicios de ascensor, portería...
Son casos muy concretos.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas