Una vivienda olvidada

Soy Presidente de una comunidad donde se encuentran dos bloques unidos, hace veinte años, se cedió de palabra una vivienda adjudicada por el ministerio de la vivienda a ambas comunidades para que se utilizara para un portero de ambos bloque, esta vivienda se cedía con el compromiso de que la inquilina limpiaría las dos escaleras de los bloques.
Al mirar los documentos de la comunidad me he dado cuenta, que no se paga el impuesto de la vivienda desde el año 1.993, ni la contribución municipal, cual no seria mi sorpresa cuando fui a poner al día los pagos que dicha vivienda estaba a nombre del inquilino y que estaba al día del pago. Nunca ha pagado recibo alguno de comunidad, alegando que se podía legalizar su situación. Puede que haya adquirido derechos por el silencio de ambas comunidades y el pago de la contribución y el catastro.

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Ignoro si la "cesión" a la que hace referencia se realizó en concepto de préstamo o definitiva (aunque por su pregunta, deduzco que no fue así).
Para que la posesión de la vivienda surta efectos de propiedad (usucapión) es necesaria la posesión en concepto de dueño (eso sí es así puesto que ha pagado la contribución y el catastro), pacífica y de buena fe (es decir, creyendo ser dueño, lo que en este caso no se da), y debe durar al menos 30 años (tampoco se da); por lo que creo que es viable el que la vivienda se retire a la persona, o que al menos se contrate algún tipo de prestación por su uso, ya que no es de su propiedad.

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