Venta de local

Quisiera saber si al venderse un local comercial se puede mantener en la escritura de compraventa la cuota de participación(conseguida legalmente en su momento) para el nuevo dueño sin que se pronuncie la Junta de Propietarios al respecto. ¿Puede la Comunidad intervenir a posteriori decidiendo por ejemplo que asuma la misma cuota que por acuerdo unánime tienen los demás locales?

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No es que se pueda, es que se debe. Si en los Estatutos hay unos coeficientes, y ha habido una sentencia judicial que los modifica, las escrituras y los asientos del Registro de la Propiedad están bajo la salvaguardia de los Tribunales, con lo cual la cuota del local es la que haya determinado el Juez y habrá que reflejarla en el Registro de la Propiedad.
Incluso puede que la sentencia ya se haya comunicado al Registro de la Propiedad y ya consten rectificados los nuevos coeficientes que otorgó la sentencia judicial.
Si la comunidad fue demandada en su día en el Juzgado, y es cosa jusgada y la sentencia firme, no hay más que hablar ni consultar con la comunidad
Que me perdone el experto, porque quizá me he explicado mal. Cuando digo quela cuota de participación fue "legalmente conseguida en su momento" no me refiero a que haya habido procedimiento judicial, sino que la misma fue resultado de la segregación del local que ahora se vende de otro del cual formaba parte y que era del mismo dueño, (el que ahora ha vendido). Entonces vendió la otra parte a otra persona y en la escritura se estipuló, con acuerdo de la Comunidad, que el comprador afrontaría los pagos ordinarios y el vendedor sólo los extraordinarios, como si el local siguiera siendo uno solo. Vuelvo a preguntar. ¿Puede la Junta de Propietarios intervenir ahora que el local que no pagaba lo común ha cambiado de dueño para que lo pague, como los demás locales comerciales?
Pues muy discutible.
Se podía entender que se había creado una servidumbre en el sentido que el local no pagaría gastos de comunidad.
O quizás lo más practico sería hacer dos recibos ordinarios, dividiendo el coeficiente del local primitivo entre dos, no se porque el Notario habrá dado coeficiente al local segregado, sería un tema a estudiar a fondo, viendo las escrituras, etc.

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