Protección de datos
¿Hola qué tal?
Se me plantea el siguiente caso:
Tengo que averiguar si, en base a las cartas que mandan algunas compañías de telecomunicaciones a sus abonados/clientes, respetan la normativa sobre protección de datos. Estudio un master sobre nuevas tecnologías, pero la verdad, estoy un poco desesperado porque no tengo ni idea sobre esto (protección de datos).
Las misivas a las que hago referencia son:
UNI2
En virtud de este comunicación, el Cliente autoriza a Lince Telecomunicaciones, S.A., al tratamiento de sus datos de tráfico y facturación para fines de promociones comerciales propias, atendiendo a lo que establece el artículo 65 del Real Decreto 1736/98, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamente del Titulo III de la Ley General de Telecomunicaciones. Transcurrido un mes desde la recepción de la presente notificación sin que el Cliente se haya pronunciado al respecto, se entenderá que consiente expresamente.
Telefónica
De acuerdo con el compromiso de transparencia en la gestión de sus datos de tráfico telefónico, le informamos que Telefónica trata esta información exclusivamente para ofrecerle la mejor calidad de atención y proponerle nuestros servicios. Si no desea que dicho tratamiento se produzca, no tiene más que comunicarlo a TELEFÓNICA. Ref. Datos. Apartado de Correos 753, 28080, Madrid.
Telefónica
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos, Telef6nica de España, S.A. Sociedad Unipersonal (en adelante Telefónica de España) le informa que sus datos personales de contratación junto a los obtenidos durante la vigencia del contrato, están incorporados en ficheros automatizados titularidad de esta Empresa. Si no desea, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación, previstos en la Ley, dirigiendo un escrito a Telef6nica de España, Ref. DATOS, Apdo., de Correos 46155, 28080 MADRID
Asimismo, con la finalidad de ofrecerle nuestra mejor atención e informarle de nuestros servicios de telecomunicaciones y, en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 65 del R.D. 1736/98, de 31 de julio (BOE 5 de septiembre de 1998), Telefónica de España, solicita su consentimiento para tratar, junto con los datos personales que Ad. Nos ha facilitado, los datos de facturación telefónica.
Si no desea que este tratamiento se produzca, puede comunicárnoslo dirigiendo un escrito a la anterior direcci6n, significándole que, conforme a la legislación vigente, si no recibimos noticias suyas en el plazo de un mes, entenderemos otorgado su consentimiento que, en todo caso, podrá revocar en cualquier momento
Retevisión
11.- Protección de datos personales. A los efectos de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Regulación del Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal, RETEVISIÓN, informa el cliente de la existencia de un fichero automatizado de datos de carácter personal creado y bajo la responsabilidad de RETEVISIÓN, con la finalidad de realizar el mantenimiento y la gestión de la relación contractual con el cliente. La no cumplimentación de los datos personales recogidos en el presente contrato impedirá a RETEVISIÓN prestar el Servicio. La no cumplimentación de los datos personales que en su caso, aparezcan expresamente consignados de cumplimentación voluntaria, no será obstáculo para que RETEVISIÓN preste el Servicio. Así mismo, le informa sobre la posibililidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación de los datos personales solicitados en el presente contrato. RETEVISIÓN se compromete al cumplimiento de su obligación de secreto de los datos de carácter personal y de su deber de guardarlos, y adoptará las medidas necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta en todo momento del estado de la tecnología.
El cliente consiente el tratamiento de los datos personales sobre el tráfico y la facturación para labores de información, formación y promoción comercial de los servicios de telecomunicaciones de RETEVISIÓN. En el supuesto de que el cliente deje sin efecto expresamente dicho consentimiento, RETEVISIÓN se compromete a la destrucción de los datos de carácter personal sobre el tráfico y la facturación relacionados con el cliente que hubieran sido tratados y almacenados para establecer una comunicación en cuanto termine la misma, salvo los datos necesarios fijados por la normativa vigente para la facturación y los pagos de interconexiones, los cuales se tratarán y almacenarán por el plazo durante el cual pueda impugnarse la factura o exigirse el pago, de conformidad con la legislación aplicable, transcurrido el cual serán destruidos.
12.- Cesión de datos. El cliente consiente expresamente la cesión a las empresas del Grupo RETEVISIÓN y al canal de distribuidores o agentes que, en su caso, colabore con RETEVISIÓN en la contratación del Servicio, de los datos de carácter personal contenidos en el fichero automatizado. Dicho consentimiento, revocable, tendrá por finalidad permitir realizar las labores de información, formación y promoción comercial de los servicios de telecomunicaciones prestados por el Grupo RETEVISIÓN. Asimismo, el cliente presta su consentimiento para la cesión a aquellos operadores cuya intervención sea necesaria para la prestación del Servicio. Cualquier otra utilización de los datos de carácter personal contenidos en el fichero requerirá el previo y expreso consentimiento del cliente.
---------------------------------------
Bien, en base a esto... ¿estas compañías están vulnerando la normativa de protección de datos? Pienso que no, ya que el artículo 65 del reglamento habla de un mes, efectivamente, sobre el consentimiento tácito. Porqué en el último se hace referencia a la lortad y no al reglamento, ¿cómo en los otros 3? La verdad es que no se como argumentarlo. ¿Me podrías dar ideas?
Se me plantea el siguiente caso:
Tengo que averiguar si, en base a las cartas que mandan algunas compañías de telecomunicaciones a sus abonados/clientes, respetan la normativa sobre protección de datos. Estudio un master sobre nuevas tecnologías, pero la verdad, estoy un poco desesperado porque no tengo ni idea sobre esto (protección de datos).
Las misivas a las que hago referencia son:
UNI2
En virtud de este comunicación, el Cliente autoriza a Lince Telecomunicaciones, S.A., al tratamiento de sus datos de tráfico y facturación para fines de promociones comerciales propias, atendiendo a lo que establece el artículo 65 del Real Decreto 1736/98, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamente del Titulo III de la Ley General de Telecomunicaciones. Transcurrido un mes desde la recepción de la presente notificación sin que el Cliente se haya pronunciado al respecto, se entenderá que consiente expresamente.
Telefónica
De acuerdo con el compromiso de transparencia en la gestión de sus datos de tráfico telefónico, le informamos que Telefónica trata esta información exclusivamente para ofrecerle la mejor calidad de atención y proponerle nuestros servicios. Si no desea que dicho tratamiento se produzca, no tiene más que comunicarlo a TELEFÓNICA. Ref. Datos. Apartado de Correos 753, 28080, Madrid.
Telefónica
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos, Telef6nica de España, S.A. Sociedad Unipersonal (en adelante Telefónica de España) le informa que sus datos personales de contratación junto a los obtenidos durante la vigencia del contrato, están incorporados en ficheros automatizados titularidad de esta Empresa. Si no desea, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación, previstos en la Ley, dirigiendo un escrito a Telef6nica de España, Ref. DATOS, Apdo., de Correos 46155, 28080 MADRID
Asimismo, con la finalidad de ofrecerle nuestra mejor atención e informarle de nuestros servicios de telecomunicaciones y, en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 65 del R.D. 1736/98, de 31 de julio (BOE 5 de septiembre de 1998), Telefónica de España, solicita su consentimiento para tratar, junto con los datos personales que Ad. Nos ha facilitado, los datos de facturación telefónica.
Si no desea que este tratamiento se produzca, puede comunicárnoslo dirigiendo un escrito a la anterior direcci6n, significándole que, conforme a la legislación vigente, si no recibimos noticias suyas en el plazo de un mes, entenderemos otorgado su consentimiento que, en todo caso, podrá revocar en cualquier momento
Retevisión
11.- Protección de datos personales. A los efectos de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Regulación del Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal, RETEVISIÓN, informa el cliente de la existencia de un fichero automatizado de datos de carácter personal creado y bajo la responsabilidad de RETEVISIÓN, con la finalidad de realizar el mantenimiento y la gestión de la relación contractual con el cliente. La no cumplimentación de los datos personales recogidos en el presente contrato impedirá a RETEVISIÓN prestar el Servicio. La no cumplimentación de los datos personales que en su caso, aparezcan expresamente consignados de cumplimentación voluntaria, no será obstáculo para que RETEVISIÓN preste el Servicio. Así mismo, le informa sobre la posibililidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación de los datos personales solicitados en el presente contrato. RETEVISIÓN se compromete al cumplimiento de su obligación de secreto de los datos de carácter personal y de su deber de guardarlos, y adoptará las medidas necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta en todo momento del estado de la tecnología.
El cliente consiente el tratamiento de los datos personales sobre el tráfico y la facturación para labores de información, formación y promoción comercial de los servicios de telecomunicaciones de RETEVISIÓN. En el supuesto de que el cliente deje sin efecto expresamente dicho consentimiento, RETEVISIÓN se compromete a la destrucción de los datos de carácter personal sobre el tráfico y la facturación relacionados con el cliente que hubieran sido tratados y almacenados para establecer una comunicación en cuanto termine la misma, salvo los datos necesarios fijados por la normativa vigente para la facturación y los pagos de interconexiones, los cuales se tratarán y almacenarán por el plazo durante el cual pueda impugnarse la factura o exigirse el pago, de conformidad con la legislación aplicable, transcurrido el cual serán destruidos.
12.- Cesión de datos. El cliente consiente expresamente la cesión a las empresas del Grupo RETEVISIÓN y al canal de distribuidores o agentes que, en su caso, colabore con RETEVISIÓN en la contratación del Servicio, de los datos de carácter personal contenidos en el fichero automatizado. Dicho consentimiento, revocable, tendrá por finalidad permitir realizar las labores de información, formación y promoción comercial de los servicios de telecomunicaciones prestados por el Grupo RETEVISIÓN. Asimismo, el cliente presta su consentimiento para la cesión a aquellos operadores cuya intervención sea necesaria para la prestación del Servicio. Cualquier otra utilización de los datos de carácter personal contenidos en el fichero requerirá el previo y expreso consentimiento del cliente.
---------------------------------------
Bien, en base a esto... ¿estas compañías están vulnerando la normativa de protección de datos? Pienso que no, ya que el artículo 65 del reglamento habla de un mes, efectivamente, sobre el consentimiento tácito. Porqué en el último se hace referencia a la lortad y no al reglamento, ¿cómo en los otros 3? La verdad es que no se como argumentarlo. ¿Me podrías dar ideas?
1 respuesta
Respuesta de kikesim
1