Hola, me gustaría contactar con un abogado experto en temas de herencia y por ello os pido direcciones en Madrid. Y pregunto ¿ante la muerte de una madre, heredan por partes iguales los hijos y el viudo?. No había testamento y ellos tenían el régimen matrimonial de gananciales. Gracias
No puedo darte teléfonos de abogados de Madrid por cuanto yo soy de Barcelona y no tengo información de los compañeros del ICAM, pero si puedo decirte que de no conocer ningún abogado, puedes contactar con el Colegio de Abogados de madrid, que veo está en Serran0 9 y 11, 28001-Madrid y allí te darán un listado de abogados de la zona que tu quieras. Sobre la pregunta jurídica que realizas, la respuesta es la que sigue. Al vivir en zona no foral, la legislación es la del código civil, que dispone en el art. 808 que la legítima de los hijos y descendientes son las dos terceras partes del haber hereditario del padre y de la madre. La tercera parte restante será de libre disposición. (Legítima es lo obligatorio). Ahora, en la practica, las propiedades suelen estar a nombre de los dos progenitores, si uno de ellos fallece lo que se hereda es la mitad del bien, por lo tanto heredaris la mitad indiviso. Pero bueno, sin saber más datos poca cosa más puedo deciros, más que si no había testamento vayáis al estanco y compréis una solicitud de cretificado de últimas voluntades y lo remitáis, os devolverán un escrito en el que constará si hay o no testamento, si no lo hubiera, junto al certificado negativo y certificado de defunción, deberéis ir a un notario para aceptar la herencia, liquidar impuestos... pero eso mejor que lo hagáis con la supervisión de un abogado.