Derecho sindical

Estimada amiga, estaría muy agradecido si me contestases un par de sencillas cuestiones sobre delegados sindicales:
En primer lugar, ¿qué pasa si el delegado sindical de una empresa fallece durante el periodo en el que está como delegado? ¿Quién le sucede? ¿Hay qué convocar nuevas elecciones o el segundo de la lista ocupa su lugar?
De otra parte, si tenemos un centro de trabajo en el que son precisos 5 trabajadores para nombrar delegado, y sólo hay 4 en plantilla, ¿Podemos contratar a otro a tiempo parcial o con un contrato temporal, luego elegimos delegado, y luego si se le termina el contrato seguimos teniendo delegado? ¿O al despedir a ese trabajador o al finalizar su contrato, como ya no hay el número de trabajadores necesario se elimina la figura del Delegado?
En la segura certeza de que sabrás contestarme y confiando en tu buen hacer, recibe un saludo.

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Por los datos que me das creo que quieres decir "delegado de personal" y no "delegado sindical"(éstos tan solo existen en empresas con más de 250 trabajadores).
En caso de que se produzca un vacante del delegado de personal por cualquier causa, el puesto lo cubrirá automáticamente el trabajador que hubiera obtenido la puntuación inmediatamente inferior en la votación de delegado, y éste nuevo delegado desempeñará su cargo por el tiempo que le restase al primero.
Con respecto a tu segunda pregunta, el Convenio Colectivo del sedtor a que pertenezcáis debería resolver esta cuestión (disminución de plantilla a estos efectos), si no es así, se permite llegar a un acuerdo con el empresario (establecer qué sucede en estos casos en los que existe un nº de trabajadores y después disminuye).

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