Contrato de compra vivienda incumplido.

¿En Junio de 2004 (casi 2 años) firmamos un contrato de compra de un piso sobre planos dando 18.000? (3millones) de entrada. Y ahora que ya están acabados el constructor nos dice que nos tiene que devolver el dinero por no sé que situaciones económicas y rollos. Pero nosotros no queremos, porque ya hicimos un esfuerzo tremendo en juntar ese dinero, y ahora ya hemos amoldado todo a la compra de esa vivienda (avisado al casero que nos vamos en breve, esfuerzos en elegir muebles, un posible cambio de trabajo,?), ¿Para qué nos hagan ahora esta? ¿Solemne putada?.
Dice que nos pagará los intereses perdidos del dinero, pero lo consideramos un engaño, ya que eso no compensa en absoluto, y además estamos seguros que será para revenderlo más caro.
¿Podemos negarnos? ¿Puede anular y obligarnos a que nos quedemos sin piso?. Por favor, ¿cómo podemos defendernos?.
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En ningun caso deberis cojer el dinero, si hay un contrato de compraventa firmado el vendedor debe cumplir con lo estipulado.
Exigirle que cualquier comunicación os la efectúe por escrito, para acreditar la causa que alega para rescindir el contrato.
Acercaros al ayuntamiento para comprobar cual es la situación de la construcción, P.E. si hay algún problema para que le den la certificación final de obra.
Y por supuesto si las viviendas están terminadas, exigir mediante requerimiento notarial al vendedor el cumplimiento del contrato, citándole para otorgar escritura publica ante notario .
Debéis negaros, y el no puede anular el contrato salvo por algunas de las causas previstas en el mismo, y siempre y cuando no se ilegal o abusiva.
Lo cierto es que la pregunta es muy amplia, cualquier aclaración nu dudes en solicitarla, es un asunto importante.

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Que no les cuente cuentos chinos.: No puede obligarles a aceptar tal proposición de resolver un contrato válido porque sí. Oblíguenle a cumplirlo, mediante un requerimiento notarial para que otorgue escritura pública de venta o mediante una demanda de conciliación en los mismos términos. El Notario cobrará sus honorarios pero será más rápido. Si no se aviene a cumplir sus obligaciones, demándenle su cumplimiento y reclámenle las indekmnizaciones por daños y perjuicios que puedan acreditar. Con la demanda soliciten las medidas cautelares como su anotación en el Registro de la Propiedad al margen del asineto de la vivienda, exifgencias de fianzas etc, etc.
Acudan a un abogado de confianza.
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Habría que ver el contrato, igual hay una clausula penal y el constructor se agarra a ella, pero esas clausulas no pueden quedar decisión de una de las partes. Yo lo que haría sería exigirle judicialmente el cumplimiento del contrato y la entrega de las escrituras. Los contratos están para cumplirlos. Cumple con los plazos de pago de la vivienda y exige la entrega de las escrituras.
Tened mucho cuidado porque el constructor os la puede hacer. ¿Cómo? Pues vendiéndosela a otra persona e inscribiendo esa persona en el registro de la propiedad la vivienda. Necesito saber los plazos de pago, si ha sido de voz la comunicación del constructor o por escrito. Si ha sido por escrito también lo que haría al solicitarle judicialmente la entrega del piso es anotar rápidamente la demanda en el registro de la propiedad para que no se lo pueda vender a nadie.
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El vendedor esta obligado a la entrega de la cosa objeto de la venta (art.1461 c. civil).
Quiere esto decir, que todo lo firmado por ustedes en el contrato debe no solo ser cumplido, sino que pueden ustedes exijirlo.
Yo les aconsejaría que con ese contrato fueran a una notaria con el objeto de requerir al constructor para que eleve la compra a escritura publica y si se niega acudir a un abogado de su confianza para que solicite ante el juzgado competente medidas provisionalisimas previas a la interposición de una demanda.
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Vosotros hahabeis comprado un piso en obra, es vuestro, y no puede escriturarlo a favor de nadie más. Si no lo escritura a vuestro nombre, teneis dos opciones;
Rescindir el contrato y que os abone los daños y perjuicios;
Obligarle judicialmente a la elevación a escritura pública del contrato de compraventa.
Os recomiendo que vayáis a un abogado, que a la vista del contrato os aconsejará mejor.
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No puede el vendedor deshacer unilateralmente el contrato de compra venta(porque hay un contrato, ¿Verdad?). Tiene que atenerse a las condiciones pactadas, si no, según que alegaciones haga puede constituir estafa.
Procede localizar otros afectados y poner inmediatamente una denuncia antes de que venda los pisos alegando impago de cantidades (que no querrá cobrar, supongo). Denuncia inmediata ante el juzgado de guardia, no se duerman.
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En su situación habría que ver que documentos han firmado y como se produjo la situación exactamente, pero mi recomendación es que acudan a un abogado, con toda la documentación de la que dispongan, para que este les asesore, ya que se trata de una cuestión que llevaría su tiempo estudiar.
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Es imprescindible ver el contrato y las clausulas relativas a la posible resolución del mismo, ya que lo estipulado por voluntad de las partes es lo que rige la relación y sin saber lo que firmó no puedo darle una respuesta concluyente. No obstante el motivo que da para que resuelvan el contrato no está nada claro y no parece estar en absoluto justificado, pues los problemas económicos de la promotora-constructora no pueden probablemente argumentarse para buscar otro comprador, quizás en vez de resolver se podrían buscar otras vías, no se deje convencer por la promotora-constructora con excusas injustificadas, pero como le digo es imprescindible examinar lo que el contrato dice al respecto. Espero haberle sido de ayuda. Cristina
[email protected]

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