Plusvalía y contrato cesión de derechos

Como ya te dije:
Supongo que vas a comprar un piso en construcción y que vas a firmar directamente con la constructora. Si es así, la solución y la forma de proteger tus derechos es sencilla. Cuando firmes el contrato (si lo puedes conseguir antes mejor), la constructora debe entregarte un aval de un banco por las garantías entregadas a cuenta (los 5 millones). Con dicho aval, llamas al banco y te cercioras de que es cierto y no se ha falsificado. En caso de incumplimiento por parte de la constructora tendrás derecho a que el banco te devuelva el dinero por ti pagado. Y supongo que será un contrato de compraventa privado, con lo que si la constructora es seria, no tendrás problema alguno.
En teoría no habría plusvalía, ya que aún no hay vivienda. La forma de asegurarte es por un lado intentar que se involucre la constructora o por otro lado añadir un párrafo al contrato de cesión en el que se diga que en caso de no venderte la vivienda deberá devolverte lo por ti pagado más los intereses generados en ese período.
En el contrato de cesión incluye una clausula que te proteja, en la que diga que si el no te vende a ti te tendrá que devolver la cantidad por ti pagada.
Y la plusvalía es un impuesto municipal que grava la compraventa de las casas y para calcularla se tiene en cuenta la fecha de la escritura de compra y la fecha de la escritura de venta. En tu caso, al ser una vivienda en construcción NO HAY plusvalía ya que no ha habido escritura de compra.

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Ya lo sé. Se lo compras directamente a alguien que lo único que ha firmado con la constructora es un contrato privado de compra venta, todavía no hay escrituras, ya que hasta que no finalice la construcción no se puede ir al notario a elevar a público ese contrato. Entre otras cosas, porque para poder hacerlo es necesario que se haga la declaración de obra nueva (que se hace al acabar la construcción) y sin esa escritura de declaración o finalización de obra no se puede hacer la escritura de compraventa. Según esto, no existe plusvalía municipal.
Segundo, ya que no contratas con la constructora sino con un particular debes incluir la clausula en el contrato de la que te hablaba, según la cual, en caso de que por causa suya no se firmase la escritura deberá devolverte las cantidades abonadas, y si puedes con una indemnización. Es un riesgo que corres y cuya posible mitigación es esa clausula, aunque ojo es en documento privado.
Quiero comprar una vivienda que dan en Febrero 2005. Realmente yo no se lo compro a la constructora puesto que es a un particular que la compró en su día y quiere venderla antes de las escrituras. Es todo a través de una inmobiliaria. Tengo dos preguntas:
1. Nos han dicho que tenemos que firmar un contrato en el que nosotros ponemos una cantidad (que luego formaría parte del precio de la vivienda) como "contrato de cesión de derechos". Lo que ocurre es que esta persona puede firmar varios contratos de estos y estar vendiendo a varios el mismo piso puesto que todavía no está escriturado. ¿Qué garantía tengo yo? ¿Hay alguna forma de saber que este contrato es único? ¿Se puede involucrar la constructora garantizando que somos los únicos que hemos comprado ese piso? ¿Si se involucra la constructora estaría garantizado?
2. La plusvalía no sé exactamente qué es pero creo que la tendríamos que pagar nosotros. ¿Es cierto? ¿Cuánto sería más o menos o cómo lo podría saber?
Muchas gracias
Me parece una forma muy buena para garantizaros el que os venda el piso a vosotros nada más. ¿Habéis hablado con algún banco que lo acepte?. Lo del documento privado es porque mientras no haya escritura pública por parte de la constructora no podéis firmar otro tipo de documento. Ten en cuenta que el documento público se firma ante notario y el notario debería comprobar en el Registro que la propiedad está anombre del vendedor. Como aún no hay división horizontal la propiedad está a nombre de la constructora con lo que el notario no dejaría firmar la escritura pública entre vosotros y el vendedor.

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