Baja maternal

Me gustaría que me aclaraseis si es posible la renovación de un contrato eventual durante una baja por maternidad o por el contrario no se puede realiazar. En este último caso comprendo se trataría de discriminación por sexo, porque de no haber estado de baja maternal me habrían renovado, de hecho tras la baja maternal me van a volver a contratar. La empresa se ampara en decir que no me pueden renovar por estar de baja dado que es incompatible.

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Me comentas que lo que tu tienes es un contrato eventual, y este tipo de contrato es el que "se concierta para atender a exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos, aún tratándose de la actividad normal de la empresa".
Este contrato tiene por ley una duración máxima de 6 meses dentro de un periodo de 12 meses.
Si el contrato eventual se concierta por una duración mínima, puede prorrogarse por acuerdo entre las partes, por una única vez hasta alcanzar la duración máxima legalmente establecida.
Con todo esto, en respuesta a tu pregunta te diré que este tipo de contrato no se puede renovar, salvo que lo quieran ambas partes, y no haya superado el peíodo máximo establecido por la ley de 6 meses.
Por lo tanto, el empresario está actuando dentro de la legalidad, ya que si se te acaba el contrato eventual durante el periodo por baja de maternidad, y se ha cumplido el plazo máximo de 6 meses el empresario no te puede renovar, y si no se hubiese cumplido el plazo máximo de 6 meses te podría renovar si quisiera, pero esta renovación no sería nunca de más de esos 6 meses.
Con esto al acabar tu contrato eventual, dentro del periodo de baja por maternidad, el empresario lo único que puede hacer es volverte a contratar, no renovarte, por eso te ha dicho que te va a volver a contratar, y este nuevo contrato ya no será eventual sino de prácticas, en cuyo caso a su finalización te podrá renovar.
La empresa lo que te habrá querido decir es que no te pueden renovar porque al coger la baja por maternidad transcurre el periodo máximo del contrato eventual y este por ley no es prorrogable, salvo que el empresario quiera prorrogarlo hasta una duración máxima de 6 meses, con que lo único que puede hacer la empresa es contratarte de nuevo una vez termines la baja.
No te preocupes que no te están discriminando de ninguna manera, y además te van a volver a contratar después de la baja, pudiendo si quisiesen no volver a contratarte.
Saludos, y no olvides valorar mi respuesta.

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