Problema con la comunidad de vecinos

Mi problema es el siguiente;
En Noviembre del año pasado firmé la escritura de un apartamento con mi novia. Hasta ahí todo bien y muy bonito... Hasta que me llamó la abogada de la comunidad requiriéndome 600E de un acuerdo anterior a la firma de la escritura. El anterior propietario aportó un certificado de libre de cargas y gravámenes expedido por el administrador a la firma y así se lo comuniqué, pero ésta me comentó que ese certificado se refería a los recibos corrientes de la comunidad y no a un acuerdo extraordinario al que se llegó con el propietario anterior y cómo éste no lo había abonado debía hacerlo yo. He solicitado una copia de las actas de la comunidad para ver de que acuerdo se trata pero me lo deniegan argumentando que no tengo derecho a ellas ya que soy propietario posteriormente a estas actas.
¿Debo pagar dicha cantidad? ¿Qué puedo hacer?
Gracias por adelantado

2 respuestas

Respuesta
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Es muy sencillo, si no te enseñan las actas, no debes de pagar, y si quieren que te reclamen los 600 euros judicialmente.
Estás en tu perfecto derecho de que te justifiquen esas deudas. Podrías llamarle al vendedor para preguntarle si realmente existe esa deuda o no.
Además la ley establece que si existe alguna deuda de este tipo la comunidad deberá reclamarlas solidariamente tanto al vendedor como al comprador, con lo que a él también se la deberían estar reclamando, aunque luego puede elegir, quien las debe pagar, si el vendedor o el comprador, con lo que como estás tu más cerca, a ti te van a hacer pagarlas si es que existen.
Lo que no pueden hacer en ningún momento es decirte que debes pagar algo, y no enseñarte documento alguno en el que figure que debes de pagarlo, ya que si ese documento no existe, y cuando compraste estaba libre de cargas la vivienda, no te pueden reclamar nada que no exista, y si quieren que vayan a juicio, en cuyo caso deberán demostrar que esa deuda existe, y si lo demuestran la deberás de pagar.
Tu lo que debes hacer es decirles que tu estás dispuesto a pagar la deuda como nuevo propietario que eres, siempre y cuando te enseñen el acta en la que se tomo ese acuerdo y en la que se acordó que se debía pagar eso por cada vecino, además de que te justifiquen que no se pagó por el que te vendió la casa, mediante extracto de cuenta corriente en el que aparezca el recibo o algo así.
Si no te quieren justificar nada, no debes de pagar, ya que si no lo hacen es porque no hay constancia de esa deuda.
Sería algo así como pretender que pagues, las obras de instalación de un ascensor, de unos cuantos millones, que tu no sabes si lo acaban de poner y pagar, o si lleva ahí varios años, y no te justifiquen ni presupuesto, ni acuerdo en el que se adoptó el poner el ascensor, ni justificantes de que los demás vecinos han ingresado su parte proporcional, menos tú. Inaceptable, por supuesto.
En definitiva, si tienes que pagar, ya pagarás, porque lo deberás, pero si no lo debes, no tienes que pagar un duro.
Además dile a la abogada esa que la Ley de propiedad horizontal en su artículo 9.1.e párrafo 4º, se establece que el transmitente de la vivienda debe aportar certificación sobre el estado de las deudas con la comunidad, y "esa certificación se emitirá por el que ejerza las funciones de secretario de la comunidad, con el visto bueno del presidente, que deberán "responder en caso de culpa o negligencia, de la exactitud de los datos consignados en la misma".
Por lo tanto aquí se habla de certificación sobre el estado de las deudas sin especificar si son gastos de comunidad o generales, yo entiendo que engloba cualquier tipo de gasto, y además habiendo expedido la certificación la propia comunidad, y diciendo la ley que responde el secretario y el presidente de la exactitud de los datos, al haber hecho ellos mal las cosas no deberías de pagar nada.
Además entiendo que no te van a poder justificar la deuda de ninguna manera, porque si no ya lo habrían hecho, habrías pagado, y ya está, y no se andarían con rodeos.
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Parece que la deuda de que me habla se trata de una deuda personal del vendedor a la que VD NO TIENE por qué hacer frente al ser anterior a su compra. Si le reclaman algo tiene derecho a saber de qué se trata. Contraataque comunicando al presidente de la comunidad este caso - POR BUROFAX - y exigiéndole le explique el acuerdo origen de la deuda y le dé vista del libro de Actas con señalamiento de la sesión de Junta correspondiente y del Acta correspondiente.
Además, para más INRI, Vd ya tiene el certificado de libre de cargas y de estar al corriente de los pagos.
Vd no debe nada ni tampoco su piso, en principio, salvo que le demuestren lo contrario.

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