¿Que puedo hacer si voy a separarme de mi pareja pero no estamos casados y quiero ver a mis hijos?

Llevo 6 años con mi pareja y dos hijos en común no estamos casados legalmente y solo tenemos el libro de familia como documento oficial ahora hemos discutido y he decidido separarme de ella el problema es que ella dice que solo ara caso aun juez y no se que debo hacer
Respuesta
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Como no estáis casados, y no tenéis que ir a ningún procedimiento judicial para disolver el matrimonio, tenéis el problema del reparto de los bienes que tengáis conjuntamente y de los hijos.
Lo que debéis hacer es acudir a un abogado, para que os oriente sobre la forma de repartir los bienes, y la forma de estar con los hijos.
Deberéis acudir a un abogado que no conozcáis ninguno de los dos y sea neutral, para que no haya favoritismos, y escuchar sus consejos, así como poneros de acuerdo en lo que os diga, hacerle caso, y plasmarlo en un escrito el cual deberéis firmar los dos y llevarlo a un Notario para protocolizarlo y que quede constancia del acuerdo al que habéis llegado.
Si no conseguís un acuerdo, os enconrareis con el problema de tener que acudir a un juicio, en solicitud de la guarda y custodia de los hijos, para que el Juez establezca el régimen de visitas, además de la pensión de alimentos a pagar a los hijos.
Por otro lado en cuanto a los bienes comunes, no podréis hacer una liquidación del patrimonio conyugal, sino que deberéis de acudir a un juicio de división de patrimonio común, que puede ser muy largo y costoso, y no se lo recomiendo ni a ella ni a ti.
Al igual que en su día decidisteis regiros por vuestras propias normas dentro de la pareja, y no por las establecidas legalmente para los matrimonios, ahora deberéis hacer lo mismo llegando a acuerdos entre vosotros, en los que siempre habrá uno que tenga que ceder más que el otro, pero es así, y además deberéis de contar con la ayuda de un profesional, ya sea un abogado o un centro de mediación familiar.
No os olvidéis de plasmar el acuerdo al que lleguéis por escrito, y llevarlo ante notario, ya que ante posibles incumplimientos futuros se podrá reclamar el incumplimiento contractual ante el Juez.

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