¿Si no les aviso ¿Podrían revalerse judicialmente contra mi?

Hola, perdone otra pregunta sobre la bendita de mi parte del pro indiviso que ahora mismo he finalizado. ¿Si no les aviso ¿podrían revalerse judicialmente contra mi?

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Si no les avisas, lo normal es que o el Notario o el Registrador no te permitan la inscripción.
Y si te la permiten, el podrá acudir a un juicio de retracto en el que reclame al comprador que le de la parte a cambio del precio que pagó por ella, y eso en el plazo de 9 días desde la inscripción en el registro.
Si se le pasa el plazo de 9 días para acudir al retracto, podría solicitarle a usted daños y perjuicios, o por estafa, cosa que no es muy probable porque lo primero que le ocurrirá es que el Registrador o Notario no autoricen la venta, pero al ser la venta de su mitad, si se inscribe correctamente, y pasa el plazo para el retracto, el otro propietario mucho me temo que no tendrá nada que hacer.
¿Por ley con cuantos días de antelación los tengo que avisar?
Entonces yo los avisare`que he vendido inmediatamente después de haberlo hecho, ¿qué le parece de esta idea?
Le agradezco muchísimo las respuestas exhaustivas que me invio`.
Gracias FV
Si les avisa inmediatamente después de vender, es mejor que lo haga mediante BUROFAX para que quede constancia de ello, para que luego no digan que no les has avisado, una vez recibido este BUROFAX pueden acudir a un juicio de retracto para recuperar ese 50% que usted haya vendido en el plazo de 9 días, desde que la venta se inscriba en el registro de la propiedad.
Por otro lado, la ley no establece un plazo de antelación por el que usted tenga que avisar.

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