Procedimiento de desahucio

Tengo un piso alquilado a un chico que no me paga desde hace 5 meses. Hace más de dos meses que le envíe un burofax diciéndole que si no me pagaba le pondría una demanda de desahucio. El caso es que el burofax no consta que lo haya recibido, solo le dejaron el aviso. Mi duda es si, teniendo en cuenta que no consta que lo haya recibido, si cuando le ponga la demanda la puede anular pagando lo que debe, según me han explicado.

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Efectivamente es así, se denomina enervación, y tan solo lo puede hacer en una ocasión. Al siguiente impago, ya no podrá enervar, y podrá desahuciar sin mayor problema, por lo que le aconsejo que interponga la demanda cuanto antes, para evitar que pague las cantidades atrasadas y ni tan siquiera obtenga Vd una justificación de la enervación.
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Es posible que se diera la enervación de la acción, al no haberse dado una comunicación efectiva del requerimiento de pago.
Pero encualquier caso el artº 1563 CC hbla sólo de la acción del arrendador, requerir "fehacientemente", y no de la recepción efectiva
de ese requerimiento.
Debe interponer la demanda, para que si le vuelve a impagar pueda ya desahuciarle sin derecho a enervación.

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