Pago de recibos

Le saludo cordialmente. Me dirijo a vd. Sobre un tema que me tiene algo preocupado, espero que tenga la bondad de aclararme un poco.
La cuestión es que, mediante una inmobiliaria, compré un piso y tres meses después vendí el mío. Lógicamente, al cambiar de nombre los recibos de luz, agua y gas siempre hay una parte que pagas sin que te corresponda; la inmobiliaria me pidió fotocopia de estos recibos con la promesa de ponerse en contacto con el anterior dueño para que abonase la parte proporcional.
El caso es que no le di mucha importancia a lo que yo tuve que pagar y no insistí, pero al vender mi piso (mediante la misma inmobiliaria) me están reclamando que pague la parte de estos recibos que yo he consumido. Entiendo que es justo que los compradores reclamen esta parte, y tampoco es una cantidad grande, pero me molesta mucho que no se preocupen de reclamar lo que a mí me tienen que pagar, y en cambio sí me reclamen en repetidas ocasiones lo que yo tengo que pagar.
Mi pregunta es: ¿Existe obligación legal tanto de pagar como de recibir la parte proporcional de estos recibos? Ya digo que no son grandes cantidades pero me molesta tener que pagar yo tanto en la compra como en la venta. Todo lo que se me reclamase de forma legal para pagar, ¿puedo yo reclamarlo igualmente en lo que me corresponde cobrar? Y por último, ya que la inmobiliaria se encargó de todo el proceso de compra y venta, ¿debo permitir que los compradores se pongan en contacto directamente conmigo o debe estar siempre la inmobiliaria como intermediaria?
No sé si este problema es muy común, pero me interesa saber desde el punto de vista legal hasta dónde pueden llegar. Muchas gracias por leer mi caso y espero su respuesta.
Respuesta
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Legalmente cada uno tendría que pagar la cantidad de los recibos desde el momento en que se hizo propietario de la casa, y hasta que dejó de serlo, mediante la inscripción de la propiedad en el registro de la propiedad.
De la misma manera que a usted le pueden reclamar el pago, usted puede reclamar el pago a los compradores.
Dependiendo del contrato que haya firmado con la inmobiliaria y de las cláusulas que pongan en el mismo, usted podrá o no hablar con los compradores, ya que puede que haya firmado alguna cláusula de exclusividad en la que solo puede vender su vivienda a través de esa inmobiliaria y en ningún caso usted directamente con los particulares.
No le recomiendo que se haga mala sangre con esto, y que le pida a la inmobiliaria que le reclame lo que se le debe de buenas maneras, y en ningún caso le recomiendo que haga una reclamación judicial al respecto, ya que le saldría más cara la salsa que los caracoles.
Ok me parece bien su respuesta, pero el caso es que a mí no me importa perder lo que me deben, lo que me preocupa es que me reclamen de forma legal lo que yo consumí en mi piso hasta el día que lo vendí.
Con la inmobiliaria no hubo ningún contrato de exclusividad, lo único que se exigía es que los recibos de agua, luz y gas estuviesen al corriente de pago el día de la firma (tanto cuando compré como cuando vendí) pero no se mencionaba por ningún sitio qué pasa con la parte que paga el nuevo dueño cuando realiza el cambio de nombre, y que corresponde al dueño anterior.
Yo lo que quiero saber es si existe algún poder legal de seguir molestándome en la reclamación de lo que debo, porque en tal caso yo emplearía el mismo poder legal para reclamar lo que me deben.
Viendo que están ambos en igualdad de condiciones, usted y ellos tienen los dos acción de reclamación contra el contrario del pago de las cuotas debidas por dichos recibos, lo que ocurre es que dudo mucho que se lo quieran reclamar judicialmente ya que en el mismo caso que a usted les saldrá más cara la salsa que los caracoles.
Ante esto tienen dos opciones, o bien ponerse de acuerdo entre los propietarios y que cada uno pague lo que se le exige al otro, o si no que nadie pague lo del otro, pero en ese caso no os quedará más remedio a cada uno que pagar lo de su vivienda, porque si no lo hacéis las compañías de agua, luez, y gas, os cortarán el suministro hasta que no paguéis la cantidad y si queréis vivir allí en condiciones lo necesitareis.
Si finalmente no os ponéis de acuerdo, os recomiendo que llevéis a cabo ante el juzgado un acto de conciliación en el que ambas paartes acepten pagar lo que le corresponde a cada una.
Por esa mínima cantidad no vale la pena pelearse, hombre...
Habla con ellos directamente ya llegar a un acuerdo.
Ok me ha parecido bien la respuesta, sin embargo aclaro que no hay peligro de que corten los suministros porque sencillamente se ha hecho un cambio de nombre en los recibos, que es lo que ha provocado que el nuevo propietario pague la parte de cada factura que corresponde al periodo en que no era propietario.

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