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Aquí estoy de nuevo. Hace 3 años mi padre dio un dinero a una hermana para pagar un préstamo que ella tenía. No habiendo documento firmado por ambas partes de tal hecho, mi pregunta es: ¿Se puede reclamar como colación o de alguna otra manera el importe de ese "regalo" en relación a la herencia? Si la respuesta fuese afirmativa... ¿Si ella renuncia a su parte de la herencia se le puede seguir reclamando?

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Habrá que ver el testamento, porque puede decir que los bienes entregados en vida no entrarán a colación, y sería tu caso, y no serviría de calculo para la legítima.
Si ella renuncia a algo positivo, lógicamente los herederos saldrían beneficiados, y no lo podrías reclamar, al compensarse los bienes colacionales.

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