Literatura del convenio

Mi convenio dice:
"Con carácter general, la jornada semanal tendrá un descanso ininterrumpido
de cuarenta y ocho horas consecutivas, que se recomienda que se corresponda con el sábado y el domingo. En todo caso, se respetará la
distribución de la jornada que establezca cada empresa, que obligatoriamente
deberá considerar como descanso la tarde del sábado y el domingo".
¿Es legal con ese convenio tener sólo la tarde del sábado y todo el domingo libre o debe darse 48 horas?

1 Respuesta

Respuesta
1
Com bien dices ese texto es literatura. Dice con carácter general y además que se respetará la jornada de cada empresa. Por lo que queda claro que es lo que diga cada empresa.
Los firmantes de este tipo de convenio tal vez deberían estar en otro lugar y no representando a los trabajadores, que como ves no hacen muy bien.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas