Derechos reales.

Ante el fallecimiento de una persona, que deja un terreno en herencia a los hijos a partes iguales, como deben actuar los hijos. Deben pagar, lo que se dice que son los derechos reales.
¿En qué consiente realmente le término derechos reales?
Prescribe esta acción, en caso de que el fallecimiento se produjera hace muchos años.
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Los derechos reales se deben de pagar por todos los hijos por partes iguales, este término de derechos reales, consiste en los gastos de Impuesto de bienes rúesticos, y de incremento del valor de los terrenos de naturaleza rústica, y demás impuestos municipales y administrativos referentes a dicho terreno.
Esta acción prescribe al año desde que se generó el derecho a percibir el pago, aunque en su caso no habrá prescrito ya que el ayuntamiento gira recibos referentes a dichos pagos, anuales que interrumpen la prescripción y hacen que empiece a contar de 0.

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