Arrendamiento de vivienda

Hola, tengo un piso alquilado en Madrid, desde el 15 de enero de este año, por el plazo de un año, prorrogable a 5. Los inquilinos me comunican por correo certificado que el 1 de agosto dejan el piso. Necesito saber si tengo derecho a una indemnización por los meses que quedan para el vencimiento del plazo de un año por el que se hizo el contrato. Muchísimas gracias por anticipado

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Tienes derecho a una indemnización de 1 mensualidad de renta por año que se haya dejado de cumplir del contrato siempre y cuando es haya establecido así en el contrato. Si no se estableció nada sobre la indemnización como te ha avisado con 1 mes de antelación a la finalización del contrato no le podrás reclamar nada.
Como faltarían por cumplir 5 meses, en el caso de que se haya establecido en el contrato tendrás derecho a reclamarle la parte proporcional de dicha mensualidad por los 5 meses, es decir 5/12 de la mensualidad.

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