Registro de la propiedad

Hola, la pregunta que le hago viene como aclaración a una que le hice anteriormente sobre derecho de retracto, y es que se me ha presentado ahora una duda. Cuando una persona compra una parte pro indiviso de una finca y la inscribe en el registro, si uno de los comuneros quiere ejercitar el derecho de retracto en los nueve días siguientes al de la inscripción ¿es él quien tiene que encargarse de comprobar el cambio de titularidad mediante notas simples o tiene obligación el Registro de la Propiedad de notificar a los copropietarios el cambio de titularidad?
Muchas gracias

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El registro no va a informar de nada, va a ser el propio interesado el que a través de notas simples tenga que ir viendo si ha cambiado la titularidad. Se aconseja solicitar 1 por semana, para que le de tiempo al abogado a preparar la demanda en plazo.

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