Escritura

Gracias anticipadas por tu tiempo.
Hace unos 8 años mi suegro construyó un piso de unos 180 m2 en el pueblo encima del almacén que utilizaba para los aperos del campo.
Hasta la fecha solo le falta escriturarlo y ha ido a varias notarias y los precios oscilan entre 1.000.000 y 3.000.000 pts. Entre unas y otras.
Como el hombre se quedo sin dinero, ha pensado repatir el gasto entre los hijos y ponerla ya a nombre de los ellos y así no tener que volver ha hacer escrituras cuando el fallezca, pues tampoco tiene testamento hecho.
También le han dicho que tiene sanción con recargo por haber pasado el plazo para escriturar.
Mis pregunta es:
¿Cómo puede costar tanto una escritura?
¿Sería más conviniente a su nombre o al de los hijos?
¿Perjudicaría a los hijos que aún no tienen vivienda, en un futuro(me refiero a ayudas etc.) o aquellos que si tienen vivienda pagaran más a hacienda por ser copropietarios de una segunda casa?
¿Figuraría cómo herencia, o como un bien ganancial más?
Gracias.
Respuesta
1
Te aclaro tus dudas :
La escritura es tan cara, primero, porque no estamos hablando de una escritura normal, se trata de un bien que hay que inscribir por primera vez en el registro, construido de una manera poco habitual, etc. (es largo de explicar, pero quedate con la idea de que no es una escritura "estandar").
Da lo mismo a su nombre o al de los hijos. En este ultimo caso, los hijos deberían pagar impuesto de donaciones en este momento, y, en el primer caso, el de sucesiones cuando falleciera el padre.
Respecto a los hijos, puede perjudicarles, efectivamente, por los motivos que dices. La segunda vivienda si tributa en el IRPF (la primera no).
Sería un bien privativo en cualquiera de los casos, nunca ganancial.
- ¿Qué quieres decir con ...?
La escritura es tan cara, primero, porque no estamos hablando de una escritura normal, se trata de un bien que hay que inscribir por primera vez en el registro, construido de una manera poco habitual, etc. (es largo de explicar, pero quedate con la idea de que no es una escritura "estandar").
- ¿Existe un plazo/sanción para hacer una escritura de nueva construcción?
Perdona que abuse un poco más de tu tiempo, pero no entiendo la diferencia
Entre escritura "estandar" y "no estándar"
Mil gracias
Al hablar de escritura estándar, me refería,. p. Ej., a las escrituras habituales de compraventa de pisos hechos por constructoras.
Normalmente, en la escritura de compraventa deben constar una serie de datos (p. Ej., si se ha solicitado la declaración de obra nueva, datos del proyecto de construcción, licencias, datos del solar, impuestos, etc.) que en otros casos ya están tramitados previamente, pero que en tu caso entiendo, por lo que me comentas, que no deben estarlo, y que la notaría tendrá que incluirlos para que pueda otorgarse la escritura, lo que encarece notablemente el coste.
No existe un plazo para escriturar (el registro NO CONSTITUYE LA PROPIEDAD, simplemente es un medio de prueba frente a terceros) pero sí, ojo, para inscribir el bien en el catastro (creo que de 1 año).
Esta pregunta ha sido mi primer contacto con todoexpertos, y sinceramente creía que recibiría una invitación para una consulta particular (con minuta claro).
No te imaginas el gran favor que me has hecho, aclarando mis dudas.
Te agradezco a ti y a todas la personas que como tú, ayundan de manera desinteresada a los demás.
Gracias.

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