Derecho de retracto

Hola!
Voy a comprar una parcela rústica que forma parte de una comunidad junto con otras 20 ó 30 parcelas- Tiene escrituras en regla y registradas. La parcela está delimitada y tiene un nº de parcela dentro de la comunidad. Tiene 800 m cuadrados. Mi pregunta es: ¿Podría existir el derecho de retracto sobre dicha parcela por parte de los vecinos colindantes?
Gracias por su respuesta
Un saludo
Respuesta
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Entiendo que una servidumbre aparente es aquella que está a la vista, y una valla es suficiente motivo como para pensar que exite una servidumbre aparente que prohíbe el paso de una parcela a la otra por parte de quien no es propietario de la misma.
En este caso entiendo que no existe derecho de retracto, lo que ocurre que es bastante ambiguo y ante los tribunales se podría discutir.
Pero en principio y a mi entender no existe derecho de retracto.
Muchas gracias por su respuesta.
Acabo de mirar lo de las servidumbres en la Encarta y le solicito una aclaración.
Esta parcela, como todas las de la comunidad tiene una valla común tanto con el vecino de la derecha como con el de la izquierda, pero ni yo tengo ningún motivo por el que pasar a sus parcelas ni ellos a la mía, por lo tanto ¿sería suficiente motivo la valla para no poder ejercer el derecho de retarcto?.
Muchas gracias
Un saludo
El derecho de retracto por parte de los dueños de las tierras colindantes se puede dar siempre que la tierra vendida no exceda de una hectárea.
Esto no será aplicable si las tierras se encuentran separadas por arroyos, acequias, barrancoas, caminos, u otras servidumbres aparentes.
El derecho de retracto se debe ejercitar en el plazo de 9 días desde la inscripción en el registro de la venta.

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