Cooperativas de Jubilados
Cada vez son más frecuentes las Cooperativas de Jubilados que se asocian para la construcción y gestión de residencias geriátricas. Una vez construida, ¿a qué titulo de propiedad se adjudicaría cada vivienda, apartamento o lo que fuere?: ¿Se haría una especie de división horizontal en la que cada cual sería propietario de su habitáculo y el resto de instalaciones como zonas de uso común? ¿Se haría algo como el pro indiviso? ¿En qué consistiría la diferencia? ¿Qué ventajas e inconvenientes tiene cada caso?.
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Respuesta de huecha
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