Separación-herencia-bienes gananciales

Durante el matrimonio he recibido una herencia de unas tierras, las cuales han sido vendidas y el dinero de esta venta está en la cuenta del banco en donde mi mujer también está de titular, en caso de separación, ¿ese dinero es ganancial o por el contrario es privativo al proceder de la venta de unas tierras heredadas?

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Efectivamente está en lo cierto al considerar dicho dinero como privativo, toda vez que las herencias y donaciones son siempre privativas. Ahora bien, atendiendo al principio de presunción de ganancialidad (se presume que todos los bienes son gananciales mientras no se demuestre lo contrario), le aconsejo que deposite ese dinero en una cuenta corriente de su exclusiva titularidad... para evitar malos entendidos en el futuro.
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Es privativo tuyo, pero no obstante, no te vendría mal guardar papeles de la herencia y de la venta, resguardo del ingreso o transferencia que te hicieran, a efectos de poder probarlo en caso que tu mujer lo negara.
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En caso de separación ese dinero sería ganancial aunque proceda de tierras heredadas por haberlo querido hacer tu ganancial al meterlo en la cuenta conjunta que tienes con tu mujer.
Deberías haberlo metido en una cuenta a parte.
Es posible que pruebes realmente que heredaste esa cantidad presentando la declaración a hacienda de la herencia y el movimiento en dicha cuenta, y dependiendo del juez puede que diga que es privativo, aunque desde ya te digo que se ha convertido en ganancial.

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