Acerca del convenio de Roma

Quería preguntarle si el último párrafo del artículo 6 del Convenio de Roma "... El contrato de trabajo que tenga vínculos más estrechos con otro país ..." es aplicable al punto a) y b) o sólo puede entenderse aplicable al b).
Soy una alumna de Derecho cuya información me es necesaria para resolver un caso práctico de Derecho Internacional Privado. Gracias por su tiempo.
Respuesta
1
He consultado el texto actualizado del Convenio, y parece claro que únicamente puede entenderse aplicable al B.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas