Contrato laboral

Hola. Trabajo en una empresa constructora y tengo un contrato de trabajo eventual por circunstancias de la producción a tiempo completo (código 402). La fecha de inicio fue el 09/01/06 y en un principio fue de tres meses. Pasado ese tiempo me renovaron hasta el día 07/01/07. Cuando se cumpla esa fecha llevaré un año. Me gustaría saber por cuanto tiempo más me pueden renovar este tipo de contrato en caso de que así lo hagan, y si puede dar lugar a un contrato fijo por haber transcurrido un año ininterrumpido. Muchas gracias. Un saludo.

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Te adjunto integro el texto de la normativa que lo regula. Como verád debes mirar en el convenio colectivo que te aplican el máximo, que no puede superar los 18 meses. En todo caso solo se permite una renovación y por tanto tras este, debe hacerse otro tipo de contrato o finalizar el mismo.
Normativa que lo regula: "La duración máxima de este contrato será de seis meses dentro de un período de doce meses
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En atención al carácter estacional de la actividad en que se pueden producir las circunstancias señaladas anteriormente, los convenios colectivos de
ámbito sectorial estatal o, en su defecto, los convenios colectivos sectoriales de ámbito inferior podrán modificar indistintamente:
1º La duración máxima del contrato
2º El período dentro del cual puede celebrarse
3º Ambas cosas
En cualquier caso, los convenios colectivos no podrán establecer un período de referencia que exceda de dieciocho meses ni una duración máxima del
contrato que exceda de las tres cuartas partes de dicho período de referencia, no siendo superior a doce meses.
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En caso de que el contrato eventual se concierte por un plazo inferior a la duración máxima legal o convencionalmente establecida, podrá prorrogarse
mediante acuerdo de las partes, por una única vez, sin que la duración total del contrato pueda exceder de dicha duración máxima.

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