Reclamo de deuda

La duda es, ¿si tengo una deuda con una empresa cuyo importe es inferior a 900?, ¿Me pueden procesar y obligar a pagar? ¿Me pueden cargar las costas del juicio?
Gracias

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Por supuesto que te pueden demandar, ¿por 900 y por 100?. Lo que pasa que al no ser preceptiva la intevención de abogado ni procurador, no pagarías costas judiciales.
Una duda, ¿por 500? ¿Te pueden embargar la casa? ¿Afecta de algua forma que este hipotecada? Supongo que la ley no es "desmedida". ¿Desde qué cantidad te pueden embargar un inmueble?
Gracias
Si que te la pueden embargar. Normalmente irían antes a por la nómina o si tienes coche o saldos en cuentas bancarias, pero no descartes que te embarguen la casa
Mi ultima duda es, ¿si embargan una casa cuyo precio en el mercado es de 10 millones de pesetas para pagar una porquería de deuda de 500?, ¿Qué pasa con el resto del dinero? Lo lógico es que vaya al propietario, y si hay hipoteca pues solo me correspondería la parte de la hipoteca que he pagado, pero tengo entendido que en las subastas las venden por muy poco y uno sale perdiendo demasiado. ¿Es así?
Gracias por las respuestas
Habrá tasación de tu casa, y no le la podrá quedar nadie por menos del 75% de su valor. Se le paga al ejecutante su deuda, las costas (que serán perito tasador + publicación BOP ) y el resto te lo dan a ti.
Paga y no te metas en líos.

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