Bienes matrimoniales

Resido en Catalunya y mis dudas son porque se que aquí las leyes sobre herencias, bienes conyugales, etc son algo diferentes al resto de españa. Mi pregunta es la siguiente: si en un matrimonio sin ningún tipo de testamento, fallece uno de los dos, sus propiedades, bienes, etc. ¿quién las hereda? ¿El otro cónyuge? O ¿Sus descendientes?
Gracias de antemano.

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En Cataluña existe derecho foral, y es propio el sistema de separación de bienes si no se pacta ningún otro.
Los herederos no obstante son los hijos y si se hace testamento, quien se designe en el testamento.
La viuda no tiene más derecho en caso que no se haga testamento a vivir en el domicilio familiar hasta su fallecimiento.
Aparte de prestaciones de viudedad de la Seguridad Social.
Perdona pero no me queda aclarado del todo. Lo de viuda. ¿Es igual viuda que viudo el derecho a vivir en el domicilio familiar aunque no sea propietario? O sea el que fallece es el propietario de la vivienda. ¿El viudo o viuda tiene el derecho a vivir en ella hasta su muerte?
Otra vez gracias.
No tengo a mano el derecho foral de Cataluña, pero creo que si, que adquiere el usufructo vitalicio de la vivienda familiar, aunque sea bien privativo del fallecido

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