Resolución de contrato de compra de vivienda
Ageadecerte en primer lugar tu respuesta anterior así como la rapidez de la misma.
Mi consulta es la siguiente. Compramos un apartamento con las siguientes clausulas resumidas:
1.- Una cantidad a la firma del contrato.
2.- Una cantidad a los 8 meses aprox.
3.- Resto del precio a la firma del contrato de escritura publica.
El caso es que el plazo 1 lo efectuamos pero el 2 y debido al retraso de las obras decidimos no efectuarlo, de este retraso de pago ya hace 8 meses y la constructora nunca nos reclamó nada, supongo yo que no lo hace por que es conssciente de dicho incumplimiento de fechas.
Estipula una de las clausulas que todas las notificaciones a la constructora se efectuaran por correo certificado o burofax. Yo me puse en contacto con ellos telefónicamente para consultar la posibilidad de rescindir el contrato de compra llegando a un acuerdo por ambas partes haciendo hincapié en este retraso de las obras. Me contestaron que de momento no contemplaban la posibilidad de rescindir ningún contrato.
En el contrato de compraventa no hay ninguna clausula especifica de fecha de entrega de vivienda PERO, y a esta clausula creo que nos podríamos "agarrar" a la hora de una reclamación, si que dice en el punto 3 que el tercer pago se efectuara a la escritura PREVISTA PARA FEBRERO DE 2008. Además me dijeron desde la constructora que la fecha prevista para la finalización es para diciembre de 2008.
¿Podríamos de algún modo rescindir el contrato y recuperar parte del dinero dado, alegando incuplimiento de fechas?
Recomiendas que la reclamación sea efectuada primero de forma amistosa pero desde un abogado.
¿Inconveniente de no haber efectuado el segundo pago? ¿Qué recomiendas para recupera el importe dado?
Mi consulta es la siguiente. Compramos un apartamento con las siguientes clausulas resumidas:
1.- Una cantidad a la firma del contrato.
2.- Una cantidad a los 8 meses aprox.
3.- Resto del precio a la firma del contrato de escritura publica.
El caso es que el plazo 1 lo efectuamos pero el 2 y debido al retraso de las obras decidimos no efectuarlo, de este retraso de pago ya hace 8 meses y la constructora nunca nos reclamó nada, supongo yo que no lo hace por que es conssciente de dicho incumplimiento de fechas.
Estipula una de las clausulas que todas las notificaciones a la constructora se efectuaran por correo certificado o burofax. Yo me puse en contacto con ellos telefónicamente para consultar la posibilidad de rescindir el contrato de compra llegando a un acuerdo por ambas partes haciendo hincapié en este retraso de las obras. Me contestaron que de momento no contemplaban la posibilidad de rescindir ningún contrato.
En el contrato de compraventa no hay ninguna clausula especifica de fecha de entrega de vivienda PERO, y a esta clausula creo que nos podríamos "agarrar" a la hora de una reclamación, si que dice en el punto 3 que el tercer pago se efectuara a la escritura PREVISTA PARA FEBRERO DE 2008. Además me dijeron desde la constructora que la fecha prevista para la finalización es para diciembre de 2008.
¿Podríamos de algún modo rescindir el contrato y recuperar parte del dinero dado, alegando incuplimiento de fechas?
Recomiendas que la reclamación sea efectuada primero de forma amistosa pero desde un abogado.
¿Inconveniente de no haber efectuado el segundo pago? ¿Qué recomiendas para recupera el importe dado?
Respuesta de davila
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Respuesta de juanhito
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