Subastas judiciales

Hola. Mi pregunta es, ¿si me adjudico un inmueble en una subasta que pasa con el propietario del inmueble?. Es decir hay que hacer algo para que abandone el inmueble o el mismo juzgado que susbasta el bien emite una orden judicial, ¿por qué en principio una vez que se abone la cantidad por la que se adjudica el bien ya no tiene ningún derecho para permanecer en la vivienda?. Gracias.
Respuesta
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En el edicto de subasta, debe constar la posesión del inmueble, si está habitado o deshabitado, y en función de eso puedes pujar más o menos. Porque puedes ir con tu auto judicial al propietario, le dices, váyase que ahora esta casa es mía, y pueden pasar dos cosas, que acceda de buen grado, te de las llaves, te deje el piso limpio y aseado, o puede pasar que se ponga furioso, no te quiera dar las llaves, rompa todas las puertas, la instalación eléctrica, etc.
Y una vez con tu auto de adjudicación, si no se te quiere ir de buenas, tendrás que acudir al desahucio.
Si no se quiere ir de buenas, ¿acudir al desahucio cuanto tiempo puede llevar?
De 4 a 6 meses. Intenta averiguar por vecinos, por el buzón, por las persianas, si hay alguien viviendo todavía. Y piensa en ofrecerle una cantidad por irse y que te de las llaves sin darte mucha guerra ni destrozarte el piso

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