Ayuda con impago de canal satélite digital

Mi pregunta es que me acaban de reclamar un recibo supuestamente impagado de una mensualidad del canal satélite correspondiente al mes de marzo de 2003 justo el mes anterior de darme de baja de dicho canal, sinceramente no estoy seguro si esto es cierto puesto que en este plazo de 5 años nunca me habían reclamado nada hasta ahora, también digo que me ha sido reclamado por una compañía que se llama Corporación Legal en nombre de canal satélite sin especificar en la carta ni siquiera el cif de dicha empresa ni del canal satélite. Bueno resumiendo mi pregunta es que si aunb siendo verdad que en este caso creo que no lo es, después de haber pasado estos 5 años sin haberme notificado nada antes ni incluso cuando me di de baja y devolví el receptor del canal satélite aun me pueden reclamar dinero (87,35 euros) o como yo pienso debido al tiempo que ha pasado desde entonces y sin haberme notificado nada antes, aun tengo que pagarlo o en este caso habrá prescrito por tiempo o por no notificación.

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Podríamos estar ante una obligación cuyos pagos se hacen por años o en plazos más breves, por lo que en aplicación del artículo 1966 del Código Civil tienen un plazo de cinco años para reclamarte los pagos. También se puede determinar que estamos ante una deuda contractual, por lo que el plazo de prescripción de la misma sería de 15 años.
Acude a tu banco o Caja de Ahorros y que en el histórico busquen los pagos efectuados a Canal Satélite a lo largo del 2.003, para sí demostrar que estas al día y que no debes nada.
En el peor de los casos intentarán incorporarte en las listas de morosos (RAI, ASNEF, etc), pero no creo que vayan a instar una acción judicial contra ti (les saldría más caro el collar que el galgo.
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El plazo (debes asegurarte bien) para reclamar recibos es de cinco años, por lo que parece que ha caducado. Mándales un borifax (a canal plus) señalando que te presenten el recibo impagado, reclamando un certificado de cuando te diste de baja y señalando que tu también puedes reclamar daños y perjuicios. E incluso puedes poner una reclamación en consumo por reclamar dos veces un recibo.

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