Juicio faltas accidente trafico

Hace cosa de 3 meses tuve un leve accidente en el que supuestamente fui yo el culpable. Yo me pretendía incorporar al carril exterior de una rotonda en la que circulaba por el interior un vehículo señalizando con el intermitente izquierdo, por lo que pensé que seguiría girando, pero en ese momento salió de la rotonda y nos cruzamos originando un leve golpe en el que mi vehículo no sufrió daños y el suyo una pequeña ralladura. No se hizo parte porque él no tenía los papeles del coche y yo no encontraba mis partes por los nervios.
Resulta que hace 2 meses me llegó una denuncia por la vía penal en la que reclamaba lesiones. Creo que tengo las de ganar, porque el denunciante puso una fecha 11 días posterior (supongo que porque se autolesionó 11 días después y tiene los partes médicos de esa fecha). Además mi vehículo no muestra daño alguno.
De todos modos me gustaría preguntar en caso de perder el juicio qué sanción me podrían poner. Según tengo entendido una multa de unos 60 euros. ¿Es así? ¿Podría llevar aparejada la pérdida de puntos?

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Veamos tu caso:
La multa en caso de que te condenen por una falta de lesiones imprudentes varía en función de la gravedad y el juez que te toque, ¿pero suele ser de unos 6? Por 30 días de media, no lleva aparejada pérdida de puntos porque no es una multa de tráfico sino una pena judicial.
Por otra parte el hecho de que tu coche no presente daños no tiene demasiada relevancia, la cuestión está en que él se llevó un impacto por pequeño que fuera y quiere su indemnización.
Que sepas que si tu reconoces que hubo un impacto al que no le diste importancia, es posible que el juicio no se llegue a celebrar y lleguéis a un acuerdo económico del que se hace cargo tu compañía.
¿En cualquier caso imagino que te habrás puesto en contacto con tu compañía y te habrán asignado un abogado para asistirte no?
Hola, muchas gracias por la respuesta. Sí me he puesto en contacto con la compañía, pero me es imposible contactar con el tramitador de mi caso puesto que siempre que llamo comunica y por mail me dicen que ya se pondrá en contacto conmigo y no lo hace.
De todos modos, yo prefiero ir a juicio porque estoy seguro de que tiene los partes médicos del día 26 de febrero, cuando el "accidente" fue el día 15. Lo de los daños no sé si tendrá relevancia, pero yo soy ingeniero y he realizado una estimación del riesgo de lesión, el cual considero nulo a no ser que tenga artritis o alguna enfermedad. Sin embargo esta persona tenía en torno a 40 años y presentaba un aspecto saludable inmejorable.
Dos meses antes de suceder esto tuve el mismo accidente conduciendo mi padre (culpa del otro), pero cuando ya se estaba circulando por la rotonda a alta velocidad. El impacto fue idéntico pero a mucha más velocidad. La puerta del otro vehículo quedó destrozada por completo y en el coche de mi padre se produjo un bollo importante, que si no llega a ser porque el coche es de lo mejorcito en seguridad habría sido el daño mucho mayor. Sin embargo, casi ni nos inmutamos. Tiene más riesgo de lesión hacer un resalto que un accidente de ese estilo. Así que no sé si tendrá relevancia, pero si yo fuera juez y me viniera un tío pidiendo indemnización por lesiones con el coche sin daño alguno, le pondría la multa a él multiplicada por 20. Porque si no yo ahora mismo podría ir donde el otro conductor, hacer que me toque y decir que me ha producido una lesión, o simplemente decir que me ha lesionado con su respiración, y así quedaríamos en paz.
Gracias y un saludo.

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