Partición de un Inmueble.

Soy Toñi, a ver si me puede ayudar. Es una cuestión que he dejado durante años, pero que quiero solucionar ya a toda costa.
Vivo en Málaga. Me casé el 11.07.76, y tuve un hijo en Febrero del 77. La relación, como ya se preveía, fracasó y nos separamos en mayo de 1983; si bien, y aquí viene el problema, compramos una vivienda 2 meses antes de separarnos (el 22.03.83). Hasta donde yo sé, el régimen era de gananciales. Dicha vivienda, se adquirió mediante contrato privado a nombre sólo de él, y se pagó parcialmente, es decir que se aplazaron 500.000 pesetas (previa estipulación en dicho contrato), durante unos años despues; por lo tanto, no se hicieron escrituras, y, 25 años después, continúan sin haber escrituras, y esto lo digo porque no hace mucho, saqué una Nota Simple en el Registro, y constaba a nombre de la antigua propietaria, que para más enredo, falleció hace tiempo ya (era de Granada, y tiene un hijo).
Yo vivo actualmente en ese piso, junto con su hijo de 31 años de edad. Nuestro hijo continúa estudiando, y no tiene trabajo. Yo no le reclamé pensión alimenticia, para su hijo, pues fui ingenua, y he pagado todos los recibos de la casa (IBI, comunidad, etc,; por cierto que el IBI lo cambié a mi nombre), pero como él se desentendió de su hijo de esa manera, y no le ayuda ni antes ni ahora, y es muy egoísta, es por lo que quiero mi parte del piso, es dicir escriturar primero, vender después, y repartir, pero claro, yo no se si el hizo unos poderes ante notario antes de que falleciese la dueña, pero él se ha negado a escriturar y a hablar de el tema.
Yo quería saber qué derechos tengo yo, pues:
1) ¿Puedo averiguar si existen dichos poderes otorgados antes del fallecimiento de la dueña, para poder escriturar
2) ¿Puedo forzarlo a escriturar ¿Debería en ese caso ser yo quien abonase todos los gastos? (Pues entiendo que yo tengo el 50% de la vivienda, ya que eran gananciales, aunque se adquiriese dos meses antes de la separación, ¿verdad?
3)Para averiguar si estaba en régimen de gananciales me han dicho es suficiente la partida de matrimonio en el Registro. ¿Aparece entonces eso ahí reflejado?
Disculpe si me he extendido un poco, pero es difícil sintetizar todo esto.
Espero su respuesta,

1 Respuesta

Respuesta
1
Estimada Camber:
Puedes y debes sanear la situación que tienes pues claro ahora está liada pero vete a saber como se pone después.
No es necesario que sepas si tiene poderes o no, tu solo tienes que buscar un abogado y poner una demanda de disolución del pro indiviso, o de liquidación de gananciales (si solo os separasteis o divorciasteis sin dividir el patrimonio).
En la misma deberás aportar cuantas pruebas tengas ()recibos de IBI, comunidad, si hojas pagado algún recibo de hipoteca) para demostrar que esto es unc rédito a tu favor del dinero que vale el piso, pues seguramente tu ex alegará que el pagó el total de la vivienda. En cualquier caso, si bien no está inscrito y es por documento privado, se supone salvo prueba en contrario que es un bien ganancial, teniendo en cueta que se compró manteniendo el matrimonio es un bien ganancial y corresponde la mitad de su valor.
Es cierto que con la partida de matrimonio del registro puedes acreditar que es ganancial e incluso con la sentencia de separación o divorcio pues hasta ese momento erais pareja.
En el registro civil en la partida de matrimonio consta el régimen por el que se rigen los cónyuges si no pone nada, es el de gananciales.
Pues muchas gracias por tu respuesta, al menos me aporta más tranquilidad. Si tentó cualquier duda, te lo comento, ¿ok?
Gracias, Un Saludo

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas