Pagar cuotas de comunidad

Buenas tardes, sin más paso a preguntar:
Legalmente escriturada(piscina comunitaria), pero en el registro consta como solar de unos 200m2.
Somos 20 propietarios de dicho solar.
En realidad es una piscina, pagamos nuestros impuestos al Ayto. Luz, agua... Etc, pero solo quieren pagar 15 de ellos.
Está en Castilla La Mancha, y reúne requisitos legales.
¿Cómo se puede obligar a pagar a todos su cuota?
¿Se puede impedir la entrada a quien no pague?
¿Se puede impedir el uso y disfrute del bien ya que no pagan?
Gracias de antemano por el tiempo dedicado.

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Respuesta
1
En términos muy breves porque me falta información.
Pregunto yo: ¿La piscina estaba hecha por el constructor o es una obra posterior de los comuneros?. Si se hizo con la obra nueva yfiguraba en el proyecto original, compraron cuando existía la piscina, entiendo que tienen que pagar.
Si se ejecutó posteriormente, por acuerdo comunitario mediante derrama extraordinaria y los que no pagan se opusieron, y el coste de la derrama era superior a tres meses de cuotas y no se trata de una mejora necesaria para el funcionamiento del edificio, pudieron negarse a la derrama y al disfrute de la piscina.
Como me da la impresión que se trata del primer supuesto, para cobrar: acuerdo comunitario de inicio de acciones judiciales, abogado, procurador, certificación de cuotas impagadas por el administrador, requerimiento previo de pago y Juzgado, normalmente lleva costas contra el moroso.
¿Se puede impedir el disfrute? Depende, si renunciaron en su día sí, por el contrario si estaba ya hecha la piscina por el constructor entiendo que no.
Un saludo. Buen fin de semana.

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