Subida IPC arrendamiento

Hola!
El 4 de julio de 2005 yo y otros compañeros firmamos un contrato de arrendamiento de un piso. En el se especifica que se accede al piso el 1 de agosto del mismo año. Cada año se actualizaba el importe del arrendamiento en función a la subida del IPC según el instituto nacional de estadística y el importe actualizado se aplicaba a partir del mes de agosto. Ahora nos encontramos con que nuestra arrendadora quiere aplicar la subida del IPC al mes de julio en lugar de agosto porque alega que el contrato se firmó un 4 de julio. Yo insisto en que no es aplicable pero se niega. Mi pregunta es: ¿Cuándo se debe actualizar, en julio o en agosto?
Le agradezco encarecidamente y de antemano su contestación.
Respuesta
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De acuerdo con la ley de arrendamientos urbanos debe actualizarse en el mes siguiente al contar la anualidad, y por tanto debe comunicarse durante el mes de julio con efecto desde el mes de agosto en vuestro caso.

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